Los jueces de la Corte Constitucional escuchan a los demandantes y a los representantes del Ejecutivo y Legislativo, en la audiencia contra la Ley de Solidaridad.
Los jueces de la Corte Constitucional escuchan a los demandantes y a los representantes del Ejecutivo y Legislativo, en la audiencia contra la Ley de Solidaridad.Foto: Cortesía X Corte Constitucional

Audiencia por la Ley de Solidaridad: ¿qué está en juego?

La Corte Constitucional escucha los argumentos de los demandantes, así como del Ejecutivo y de la Asamblea Nacional 

Los nueve jueces de la Corte Constitucional (CC) escuchan este lunes 25 de agosto de 2025 a los representantes de Unidad Popular (UP), Inredh y Federación de Nacional de Abogados, así como a los funcionarios de la Presidencia, Asamblea Nacional y Procuraduría, quienes intervienen en la audiencia pública por las demandas de inconstitucionalidad que se presentaron en contra de la Ley de Solidaridad de Daniel Noboa.

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Los magistrados continuaban con la diligencia este lunes, cuya audiencia se realizó de forma telemática. En ella participaron Giovanny Atarihuana, director de UP; Paúl Ocaña, presidente del gremio de abogados; Diana León, de Inredh y Nicole Rojas, representante de Erick Gavilánez. En cambio, el secretario jurídico de la Presidencia, Stalin Andino, representó al Ejecutivo; Mercedes Mediavilla al Legislativo y Miguel Mendoza, a la Procuraduría

La constitucionalista Carolina Calderón, presidenta del Buró Nacional de Abogados, explicó que en la diligencia intervienen el Ejecutivo, Legislativo, foros ciudadanos y amicus curiae. En la audiencia se abordan tres puntos de las demandas de inconstitucionalidad:

1. Busca el objetivo y el fin, "que no se refieren a cuestiones de urgencias económicas sino a la seguridad nacional, intervención militar".

2. Los considerandos que justifican la urgencia económica, "que es el fondo y la forma".

3. Unidad de materia. "Tiene un punto clave que puede declarar la emergencia judicial", detalla la especialista.

Cerca de las 13:30, la Corte dispuso un receso. Como parte de sus argumentos, los demandantes cuestionaron que la Ley de Solidaridad no tenía relación con materia económica, sino que más bien la norma abordaba temas de seguridad y el conflicto armado interno.

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La Asamblea, por su parte, defendió que la Ley se elaboró por pedido de la CC para sostener el conflicto armado interno y descartó que la normativa no haya sido discutida, como sostenían los demandantes, pues se contó con las comparecencias de los ministerios del Interior, Defensa, Policía y Fuerzas Armadas.

¿Qué se abordará en la audiencia?

La constitucionalista Gabriela León explica que la audiencia tiene como fin escuchar las demandas de fondo y forma que se presentaron en contra de la norma. Allí, los magistrados podrían realizar preguntas, si lo consideran necesario. "Lo que se consigue es que el juez escuche para cumplir con el principio de inmediación y de recabar información. También los amicus presentarán sus argumentos".

Las partes intervienen y reafirman los argumentos detallados en los escritos "para convencer a juez, No se presenta algo nuevo", aclara. Posteriormente, el juez ponente, Alí Lozada, elaborará un proyecto de resolución, la cual será presentada al Pleno de la Corte.

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La representante del Buró Nacional de Abogados señala que luego de las intervenciones, la Corte Constitucional tiene dos opciones: "podría declarar la constitucionalidad de dicha ley para que entre en vigencia o, de plano, puede rechazarla".

León añade que, si la Corte acepta los cargos y declara los artículos como inconstitucionales, "implica que los puntos cuestionados serían desechados y  quedarían insubsistentes". 

Otra opción, según la coordinadora de la carrera de Derecho de la UISEK, es que la CC module la norma. "Para que quede de acuerdo con la Constitución, podría redactar los artículos para que no dejen de existir", indica.

Una alternativa que también observa es que la CC apruebe unos artículos y deje como inconstitucionales otros. Finalmente, recuerda que cualquiera que sea el fallo, este no se puede apelar.

La resolución se podrá conocer después de las exposiciones. Calderón indica que, una vez terminada la audiencia, inmediatamente, se conocerá el fallo oral, "un resumen de la decisión".

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