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Rafael Oyarte | Guerra interna

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Cuando se produce una guerra, el Estado la puede afrontar de tres maneras

El estado de excepción por conflicto armado interno en nuestro país no es igual a los anteriores en los que, para enfrentar a la delincuencia, se lo hizo por grave conmoción interna y en los que, a diferencia del actual, las Fuerzas Armadas operaban como fuerza de apoyo de la Policía Nacional en el mantenimiento del orden público. En un decreto de excepción por guerra interna, evidentemente, las operaciones no son policiales sino militares, por lo que la Policía se constituye en fuerza auxiliar, quedando sujeta a la división territorial y las órdenes dispuestas por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Tradicionalmente, identificábamos al conflicto armado interno con las guerras civiles, es decir, al enfrentamiento de bandos armados al interior de la nación, sean éstos regulares o irregulares. En el primer caso los enfrentamientos entre fuerzas regulares en conflicto son esencialmente temporales y concluyen de modo general con la victoria de un bando sobre otro o a través de una negociación, como ocurrió con la Revolución Marcista en 1845, la Guerra Civil de 1859, la Revolución Liberal iniciada en 1895 y la Guerra de los Cuatro Días en 1932. En cambio, los enfrentamientos entre grupos irregulares y la fuerza pública pueden extenderse por décadas, como ocurrió en Colombia.

Cuando se produce una guerra, el Estado la puede afrontar de tres maneras: con sus propias fuerzas regulares, acudiendo a los mecanismos de seguridad colectiva y con ayuda de otros Estados, lo que se produce no solo respecto de conflictos internacionales sino también de guerras internas: la Guerra Civil Española es un claro ejemplo de la internacionalización del conflicto, como el genocidio ruandés en 1994 fue la muestra de la inacción de los mecanismos de seguridad colectiva, del que más de un millón de víctimas son su expresión.

Tomar la Convención de Ginebra de 1949 y la jurisprudencia del siglo XX para, de modo estricto, definir un conflicto interno, es no entender los cambios que ha sufrido el mundo: Haití está sometido a una guerra interna con bandas delincuenciales en la que el auxilio internacional es vacilante y débil. Ecuador no es una isla, por lo que llegar a ese extremo será letal no solo para nosotros sino para las demás naciones iberoamericanas. Que el Derecho Internacional no esté condenado, otra vez, a llegar tarde, condoliéndose de las consecuencias y no evitándolas o solucionándolas.