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Inculpaciones apresuradas

Avatar del Nelly de Jaramillo

"La función principal de la fiscalía es sin duda estar atenta a que no se cometan delitos de orden público, en especial contra los fondos del Estado, pero implica también un severo razonamiento previo con respeto a la dignidad de las personasradas"

El morbo de inculpar por inculpar que ha caracterizado la actuación de esa dupla famélica de notoriedad constituida por el contralor y la fiscal general parece haber tocado fondo en el caso en que la Contraloría determinó indicios de responsabilidad penal por un supuesto perjuicio al Estado de más de $ 26 millones debido a la incorrecta definición de la tarifa para el consorcio DGC, empresa beneficiaria del contrato por cada barril extraído del bloque Singue, en la Amazonía, con base en lo cual la Fiscalía acusó por presunto peculado a quince personas, entre ellas el exvicepresidente Jorge Glas y los exministros Carlos Pareja Yannuzzelli y Wilson Pástor, acusados de haber adjudicado el contrato de exploración y explotación de ese campo petrolero. Pero ocurre que en el sexto día de audiencias del proceso que se sigue por ese hecho, el imputado exministro de Energía y Recursos No Renovables Carlos Pareja Yannuzzelli, niega en lo absoluto haber cometido delito alguno, aclarando que una comisión negociadora fue la encargada de verificar si la tarifa era o no favorable para el Estado y que el informe fue entregado al entonces ministro Pástor con la recomendación de adjudicarlo. Que el beneficio para el Estado fue del 93 % lo da a conocer María Lorena Espinoza, funcionaria del Ministerio que formó parte del Comité de Licitaciones, beneficio que al parecer era excesivo dado que, como lo señalaron en la audiencia los abogados de los implicados, todas las inversiones corrían a cargo de los contratistas, lo que se habría confirmado con el testimonio rendido por María Albuja, funcionaria del mismo Ministerio de Energía, que aseveró que de 2013 a 2016 los ingresos del Estado por este bloque fueron de $ 132,9 millones, y que la contratista tiene un saldo negativo y no ha recuperado sus costos. La función principal de la fiscalía es sin duda estar atenta a que no se cometan delitos de orden público, en especial contra los fondos del Estado, pero implica también un severo razonamiento previo con respeto a la dignidad de las personas. Y de eso no hay ni sombra en el ya largo andar de esta dupla de funcionarios para quienes al parecer jamás existió el principio de inocencia o beneficio de la duda de los investigados, sino el prejuicio de su culpabilidad.