Ni desperdiciar, ni castigar

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Entonces, siguiendo lo que señala la ley, en la audiencia se debió expresar que el temor a la fuga era justificado.

Es importante tener algunas ideas claras. En primer lugar, la audiencia de formulación de cargos no tiene como objetivo que el juez se pronuncie sobre la inocencia y culpabilidad del procesado.

El dueño de la investigación es el fiscal. Es él o ella quien tiene todos los elementos para pedirle al juez que no resuelva otorgar medidas alternativas a la prisión preventiva; esto es, defender y probar que, con su investigación, tiene suficiente para convencer, en primer lugar, de que existe el cometimiento de un delito, que posee elementos de convicción de que el procesado es autor o cómplice de ese delito, que tiene indicios de peligro de que el procesado no estará presente en el juicio o al momento de cumplir su condena; y, finalmente, de que se trate de una infracción con pena de más de un año de cárcel.

¿Cuándo no caben medidas alternativas? Entre otras causales, cuando se trata de infracciones sancionadas con pena privativa de libertad superior a cinco años.

Sin embargo, el delito que formula la Fiscalía es de tráfico de influencias, penado tan solo con tres a cinco años. Cosa distinta sería si la Fiscalía hubiese acusado de peculado.

Con todos los antecedentes que trajo la investigación periodística de La Posta hay elementos suficiente para suponer que esto se trata de peculado.

Entonces, siguiendo lo que señala la ley, en la audiencia se debió expresar que el temor a la fuga era justificado.

No obstante, no se dijo de la fuga de la familia de Morales y la fiscal provincial expuso como elemento de peligrosidad de escape que el procesado cuenta con medios para abandonar el país.

Al arduo trabajo y valentía de la fiscal general, alguien debe asegurarle que quien comparezca a las audiencias sea lo suficientemente preparado para tener una actuación eficiente y eficaz, que empiece no leyendo un papel y que incluya cada uno de los presupuestos recogidos en operativos. No se puede desaprovechar la labor de Diana Salazar, ni castigar a un juez que ha actuado con lo que únicamente se le presentó en audiencia. ¡Que la justicia sea justa desde su propia casa!