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Ánimos ocultos

Avatar del JOSÉ DE LA GASCA

mucho se critica a los operadores de justicia, pero se deja de lado a quienes generan esa ‘necesidad’ y a los que fabrican esas soluciones

Como pan caliente, la Corte Constitucional (CC) acaba de dictar una sentencia (2231-22-JP/23) con la que mete las manos en un gravísimo problema de la justicia ecuatoriana: la desnaturalización y abuso de las garantías jurisdiccionales.

Era un clamor nacional que la CC se pronuncie y fije reglas que detengan la proliferación de esos ‘milagros judiciales’, con los que algunos pillastres se enriquecieron ilícitamente y otro tantos reos recuperaron su libertad. Era imperativo que la máxima autoridad de justicia constitucional del Ecuador dijera algo, porque fue precisamente un precedente jurisprudencial de la propia CC (sentencia 141-18-SEP-CC), el que sirvió de ‘manto protector’- o mejor dicho, de impunidad- para excluir a los jueces de cualquier responsabilidad penal por sus decisiones. Eso ya quedó zanjado y hoy es claro que, en verdad, el delito de prevaricato siempre fue aplicable a esos malos jueces.

Pero la CC dijo mucho más que eso. Resulta de alta valía para la corrección de un sistema pervertido que se ataque el origen del mal. Esto, porque mucho se critica a los operadores de justicia, pero se deja de lado a quienes generan esa ‘necesidad’ y a los que fabrican esas soluciones. Me refiero a los abogados y sus clientes, los usuarios del sistema.

Eso de ‘camuflar’ -con ropaje constitucional- pretensiones que abiertamente tienen el afán de desnaturalizar la justicia constitucional, ya no debe pasar desapercibido. Esos ‘ánimos ocultos’ que inducen a error y luego terminan en sentencias inexplicables, hoy también serán castigadas con dureza, no solo para el abogado que las firma, sino para el cliente que las pide.

Ya la CC fijó reglas para la determinación del “abuso del derecho” y con ello, abre un campo de control (que siempre debió existir) para que se mire bien y se piense dos veces lo que se va a proponer. Eso de que ‘el papel aguanta todo’ puede ser un tiro en el pie.

Lo más interesante es que uno de los elementos que configuran ese abuso -el ánimo de causar daño- no se lo debe “probar” directamente, sino que bien puede ser “inferido” de los indicios que dejan los peticionarios y sus abogados.

Ya veo a algunitos llorando por ahí…