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Fungibilidad

Avatar del Jaime Rumbea

El dinero en efectivo es perfectamente fungible solo y sobre todo, porque no cambia su valor cuando proviene del camarón, del banano, de la contratación pública o porque pasó por tal o cual billetera

Un billete de un dólar vale lo mismo que otro, es intercambiable, equivalente, por ello se le dice fungible. Porque nadie en su sano juicio recibiría en pago, con valor superior a su denominación, los dólares que salen del taparrabo de la mamá de Tarzán porque provienen de allí.

Lo contrario es también cierto: cuando las entidades sujetas a normas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo preguntan el origen de los fondos de una transacción, cumplen mandatos de ley; pero cuando por sus políticas o interpretaciones dificultan una transacción, no solamente trascienden la norma, sino que se llevan por delante la característica esencial del dinero de curso legal: su fungibilidad. Imponen al dólar de Pedro reglas distintas que al de Juan.

Aquello retrasa la economía y hasta rompe la presunción de inocencia. Dirán que es el costo de aprendizaje en normativa relativamente nueva. Pero las normas internacionales de la materia disponen solo informar, ex post, lo inusual, para que las autoridades tengan pruebas y las usen cuando el caso amerite, no disponen frenar la economía, demorando y encareciendo transacciones -aquello es el subproducto burocrático indeseado.

Si lo que requieren las autoridades son insumos y pruebas, en los próximos años este molesto desafío se cruzará con tecnologías web3 que ofrecen a la vez registros inmutables y procesamiento de pagos sin intermediación de nadie más que el consenso entre las partes interesadas.

El debate de los reguladores financieros internacionales ha sido en esto lento: el FMI publicó esta semana su paper ‘Plataforma global multidivisa de intercambio y contratación’ para referirse a blockchain como un novel descubrimiento. Al registro transaccional más global y seguro, se le ha acusado de facilitar el anonimato y, por ello, prestarse a transacciones de riesgo. Aquello ignora -difícil saber que tan expresamente- que el anonimato es una decisión de diseño y no una fatalidad estructural de las cadenas de bloques. Pero sobre todo ignora que la fungibilidad del efectivo tiene, como prerrequisito, justamente, el anonimato.