Columnas

¿Abogados “de provincia”?

Ese es el camino serio para la desconcentración, y no una adefesiosa demanda de un par de abogados reclamando la “inconstitucionalidad” del funcionamiento de los juzgados en Quito...’.

Por ley del 8 de diciembre de 2020 se dispuso que haya juzgados y tribunales especializados para los delitos de “corrupción y crimen organizado”. Esa misma ley ordenó que las facultades de esas dependencias sean “de carácter nacional, con sede en la ciudad de Quito”, sin perjuicio de que el Consejo de la Judicatura las establezca también donde exista más carga procesal, delimitando el territorio que corresponda (nuevos arts. 230.1 y 230.2, del Código Orgánico de la Función Judicial). Acatando esa ley, con resolución 190-2021, del 19 de noviembre de 2021, el Consejo de la Judicatura mandó a crear las primeras, en Quito, con independencia del lugar en que los delitos respectivos hubiesen sido cometidos.

Sin duda es aconsejable que unos jueces se dediquen exclusivamente a ciertos asuntos, más aún si son complicados, de manera que se vayan especializando y adquiriendo experiencia, versus la regla general actual de los jueces multINcompetentes, “especialistas” en trapacerías, como aquella bien conocida de Samborondón. Pero hay que exigir al Consejo de la Judicatura que se dedique a conseguir los fondos -sin estos es imposible- que le permitan también poner a funcionar, fuera de Quito, en los lugares en que existe más carga procesal, los mismos juzgados y tribunales especializados. Eso se requiere principalmente en Guayas, provincia en la que, según datos del propio Consejo, entre 2016 y 2019 ingresó el 30 % de procesos por corrupción y crimen organizado (frente a un 19 % en Pichincha).

Ese es el camino serio para la desconcentración, y no una adefesiosa demanda de un par de abogados reclamando la “inconstitucionalidad” del funcionamiento de los juzgados en Quito, inventado un rosario de infracciones (la más llamativa, que se violaría el principio de no discriminación por, entre otras cosas, dizque restringir el “...derecho a la defensa de los procesados, [dando] lugar a la creación de una ‘élite profesional’ en la capital... ...relegando a los profesionales del derecho de provincia al tratamiento de delitos menores”) (págs. 7 y 8).

Lindo complejito.