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Eduardo Carmigniani | Cuasigarantía de depósitos

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COSEDE se subroga en los derechos -y consecuentemente en la primera prelación- de los depositantes a los que paga

El seguro de depósitos es un pilar de la “red de seguridad financiera”. Se fondea con aportes que bancos, cooperativas y mutualistas están por ley obligados a efectuar, calculados sobre los depósitos que reciben. Esos recursos son administrados por un ente público, la Corporación de Seguro de Depósitos (COSEDE), y pasan según la ley a ser de naturaleza pública. Pero no entran al Presupuesto del Estado. Deben ser colocados en el Banco Central en fideicomisos distintos, uno para bancos, otro para cooperativas y mutualistas.

El seguro no es ilimitado. Hoy, por ejemplo para bancos y cooperativas del segmento 1, cubre USD 32.000. La idea es que si una entidad financiera va a liquidación, los fondos para pagar a los acreedores con primera prelación (los depositantes asegurados), sean provistos de inmediato por la COSEDE para que aquellos no tengan que esperar la generalmente lentísima liquidación de activos de la entidad cerrada. Pero bien entendido es que la COSEDE se subroga en los derechos -y consecuentemente en la primera prelación- de los depositantes a los que paga.

Los depósitos no asegurados tienen en cambio que esperar no solo a que se vaya liquidando los activos, sino también a que antes se pague a los acreedores con mayor prelación, y primero a la COSEDE, por haber pasado a ocupar el lugar de los depositantes asegurados.

Pero el asambleísta Adrián Castro (ADN, Azuay) no está de acuerdo. Y por eso, con proyecto de ley presentado el 20 de enero de 2026, planteó que se cambie las reglas para que “los depósitos de personas naturales que excedan la cobertura del seguro de depósitos [tengan] prelación sobre cualquier otro crédito de igual o menor grado, incluyendo los derechos subrogados por la Corporación del Seguro de Depósitos (COSEDE)”. Es decir que el seguro ya no sería solo un mecanismo para pagar rápido a los garantizados, sino que la devolución de lo que pagó quedaría subordinada a que antes se pueda pagar a los no garantizados. Pasaría de ser un seguro limitado a cuasigarantía de todos los depósitos en la quebrada. Un real sinsentido.