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Bernardo Tobar | Basura normativa

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Salvo alguna excepción, no hacen falta más leyes y los últimos en pedirlas deberían ser los abogados.

Ora por la atrofia cultural del Estado de bienestar, que inhibe la autonomía creativa de los individuos al someterla a la regulación estatal -léase innovación burocrática-, ora también por la pobre formación profesional en el foro, se ha vuelto habitual exigir una ley para cada asunto y un reglamento para cada ley, lo que equivale a pedirle al carcelero más candados al cancel. Esta incontinencia normativa ha resultado en miles de leyes superpuestas, contradictorias, confusas, que anulan libertades y potencian un intervencionismo progresivo y parasitario.

El ordenamiento funcionaba cuando dependía de pocas leyes, claras y bien concebidas, cuyo ejemplo más acabado es el Código Civil promulgado por García Moreno en 1861, la norma más estable de nuestra historia republicana y columna vertebral del sistema jurídico civilista. Desde el más simple acuerdo de servidumbre de antaño hasta la más compleja operación financiera de la actualidad se construyen sobre los principios y con las herramientas de esta ley civil y sus derivados periféricos, que ninguna reglamentación han necesitado.

1861 puede ser la fecha de adopción formal, pero entre sus fuentes más notables, vía las Siete Partidas, está el Fuero Juzgo, que combinó en el siglo VII el régimen godo y romano en un código para toda la península ibérica. Como afirmó la Real Academia Española al editarlo y comentarlo en 1815, el Fuero Juzgo fue “el único Código que dio leyes a nuestros antepasados por espacio de algunos siglos”, y no tenía más de 130 cuartillas. Es extraordinario constatar que esta ley, anterior a la unificación monárquica de España, sobrevivió la dominación árabe, la Reconquista, continuó vigente durante la expansión de la Corona a América y hasta el siglo XIX, cuando se trasplantaron sus instituciones civiles -pues trataba también de derecho político y administración de justicia- al primer código civil Español. Andrés Bello tomó esta fuente y el Código Napoleónico, ambos herederos del Derecho Romano, y produjo el texto del código chileno precursor del ecuatoriano.

Salvo alguna excepción, no hacen falta más leyes y los últimos en pedirlas deberían ser los abogados. Al contrario, hay que hacer un inventario de la basura normativa que se ha producido desde hace décadas y derogarla. Bastaría para sacudirse el yugo una sola disposición. Y sí, me percato, estoy pidiendo peras al olmo.