Cartas de lectores: Informes de demandas contra el Estado ecuatoriano

Para que a Ecuador no se lo castigue por rebeldía tendría que buscar el asesoramiento de consultores extranjeros

El diario EXPRESO del 19 de febrero publica un amplio comentario respecto a la pregunta 3 de la consulta del presidente Noboa, según la cual se reformaría la Constitución de Montecristi en el art. 422 que obliga a los inversionistas extranjeros a ventilar sus controversias, exclusivamente, en tribunales ecuatorianos, lo cual supuestamente habría frenado tales inversiones por estimar que el país estaría en ese caso haciendo de juez y parte, situación de desventaja frente al tratamiento que recibirían por parte de otros países de la zona. 

El tema resulta bastante delicado, partiendo de la información que recoge el diario de esa fecha, al cuantificar en $ 57.000 millones, según el Foro Económico de Alternativas, los eventuales reclamos por el irrespeto del Gobierno de Ecuador a diferentes compromisos contractuales, dato que no ha sido lo suficientemente divulgado por parte de la Procuraduría General del Estado, pues existiendo la posibilidad de plantear la demanda en tribunales extranjeros, no creo que alguien busque ventilar el tema ante autoridades ecuatorianas, pues ya no tendrían esa obligación. 

Para que a Ecuador no se lo castigue por rebeldía tendría que buscar el asesoramiento de consultores extranjeros con el pago de altos honorarios profesionales para evitar la aplicación de multas por irrespeto a los contratos. ¿Cuál sería el costo-beneficio de consentirse la pregunta tres? Si las nuevas inversiones extranjeras van a ser superiores a las indemnizaciones a pagarse, vale aprobar la pregunta; pero si sucede lo contrario, debería ser negada. 

Iván Escobar Cisneros