Cartas de lectores | La justicia indígena
No creo que la justicia indígena, sus estatutos, su ley, los ampare para tal abuso
Al pie del Coloso de los Andes, el Chimborazo, existe un barrio llamado Calera Shobolpamba, actualmente, una comunidad con el mismo nombre. provincia del Chimborazo, parroquia San Juan del cantón Riobamba. En este privilegiado solar hay dos ríos de poco caudal: Chimborazo y Calera. Hay agua potable, luz eléctrica. Había una escuela denominada Luis Urdaneta. Una bonita construcción no es aprovechada por los niños del lugar porque sus padres han tenido problemas con los maestros. Prefieren que los pobres niños tengan que caminar cerca de dos kilómetros para estudiar en las escuelas de San Juan, con sol fuerte, lluvias. En tiempo de Navidad se les lleva fundas de caramelos. A las personas mayores y más necesitadas, una pequeña funda de víveres. Esto el 14 de diciembre del 2025. Hoy este barrio Calera Shobolpamba está dirigido por la comunidad indígena, cuyos directivos no cumplen con la ley ni la Constitución. Cortan el servicio de agua potable por falta de pago. El art. 12, de la Constitución indica que el derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. Sucede que las familias que hemos salido del lugar, dejado la casa, las pertenencias, no concurrimos a la heredad sino a los 15 o 30 días, por tanto, no hemos consumido el agua potable. La sorpresa: se llega a la tierra y no hay agua. Ha sido cortado el servicio. Pagado el consumo, hay que añadir el pago por mingas, multas, por no concurrir a las sesiones del cabildo. Lo insólito es que cancelados los valores por el corte de agua potable por mora, y pagos por mingas, multas y por no asistir a las sesiones, para que reconecten el servicio hay que pagar $ 50 adicionales. Al pedido amistoso, cordial hacen caso omiso. Estos atropellos denuncio. ¿En qué disposición legal constitucional se ampara la comunidad para el corte de servicio de agua, para el cobro adicional de $ 50 para restablecerlo? No creo que la justicia indígena, sus estatutos, su ley, los ampare para tal abuso: la maldad y arbitrariedad para cortar el agua por más de 45 días, una práctica común y corriente en el sector.
Que el Sr. Leonidas Iza llame la atención a sus correligionarios para que no atenten contra los derechos humanos, no sean arbitrarios y abusivos. Ojalá las Autoridades llamen la atención a los arbitrarios sobre todo la Defensoría del Pueblo; actúe en beneficio de los usuarios
Filadelfo C. Romero Basantes