Los secuestros políticos amenazan al Ecuador

Los secuestros politicos amenazan al Ecuador

11 clases de secuestros registra el Consejo de la Judicatura en las causas resueltas por jueces.

En un secuestro hay cuatro posibilidades: que la víctima escape, el pago económico, el rescate con incursión (Policía y Ejército) y la negociación política, que en pocas ocasiones se da.

Al parecer este último sería el caso de Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra, integrantes del equipo de diario El Comercio que fueron a San Lorenzo, Esmeraldas, a cubrir la violencia en la frontera y fueron secuestrados el 26 de marzo pasado.

Ocurrió en Mataje, una parroquia a 16 kilómetros de San Lorenzo en donde seis días antes fueron asesinados cuatro infantes de Marina. Posteriormente también ellos fueron asesinados. La acción se atribuye al frente Oliver Sinisterra, grupo narcoterrorista liderado por Walter Arizala, alias Guacho.

Desde el día de su captura la Unidad Antisecuestro y Extorsiones (Unase) de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Desapariciones, Extorsión y Secuestros de Personas (Dinased) inició la búsqueda.

En esta ocasión los resultados no les fueron favorables como en otras ocasiones.

La Unase tuvo varios factores en contra en el caso de Javier, Paúl y Efraín. Entre ellos, que el equipo periodístico se encontraría en Colombia, posibilidad que habría limitado su campo de acción.

Según Pablo Medina, consultor y profesor de Relaciones Internacionales de la Universidad Católica de Quito, no hay ninguna receta para los secuestros. Y si a eso se le agrega el crimen organizado y transnacional, por muy eficaz que sea una unidad antisecuestro nunca puede garantizar el 100 % de efectividad.

La Dinased maneja dos categorías de secuestro. El extorsivo, que puede ser selectivo (a través del análisis previo de la víctima), casual o exprés (para obtener dinero, joyas u otras cosas de forma rápida), el ideológico, político o religioso (para hacer conocer una posición) y el efectuado por comunidades indígenas (para el ajusticiamiento en las comunidades).

El secuestro simple en cambio puede ser familiar o afectivo (por motivaciones sentimentales), venganza (busca el sufrimiento del secuestrado) y por un problema psicológico (cuando el secuestrador tiene algún trastorno).

Según estadísticas de la Dinased en 2017, en Quito, Guayaquil e Ibarra se registraron 77 casos de secuestros simples, extorsivos, exprés, de comunidades indígenas, simulación y tentativa de secuestro.

De ellos, la mayoría (41) se produjo en Quito. En Guayaquil hubo 35 y en Ibarra un caso. Se cumplieron 57 y por cumplir hubo 20 casos. De ellos, se resolvieron 59 secuestros y 18 están en investigación.

Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2017 hubo 73 personas detenidas por secuestro, 19 por simulación, 205 por extorsión, 139 por otros delitos y 67 privados de la libertad fueron involucrados en extorsión.

Ricardo Camacho, analista y consultor en seguridad, destaca que la mayoría de ecuatorianos está convencida de la efectividad del trabajo de la Unase.

Pero hace una distinción: una cosa eran los secuestros locales, cuando no había motivaciones políticas y los resultados fueron efectivos.

Menciona tres casos, de los que se conocen, en los que la Unase no ha tenido éxito. Uno de ellos es el del ibarreño Marcelo Muñoz, secuestrado por grupos irregulares que operan en la frontera norte. La familia dice que hizo la negociación, pagó y el secuestrado nunca fue devuelto a su familia.

Su caso se visibilizó gracias a las acciones que impulsaron los familiares de Javier, Paúl y Efraín, que reclamaron resultados a las autoridades.

Muñoz y su esposa fueron plagiados el 1 de junio del 2013. Ella fue devuelta a su casa para el pago de un rescate. Cumplido el requerimiento, los captores no volvieron a dar señales de vida. La familia se mantuvo en silencio por recomendación de las autoridades a cargo de la investigación.

Camacho menciona el resultado fatal en el caso de El Comercio. Cree que se debe formar una comisión para determinar qué pasó, para conocer si es que era realmente alias Guacho quien escribía y quién era el contacto o el canal. El último caso no resuelto es el de Óscar Villacís y Katty Velasco, secuestrados por el grupo de Guacho.

Pablo Montero, analista político y catedrático de la Politécnica, admite que es la primera vez, de lo que se conoce, que el país enfrenta dos secuestros atribuidos a grupos irregulares.

De ahí que en el trabajo realizado en los dos casos ha habido una ceguera a la hora de enfrentar esta situación. De ahí también que la renuncia de los ministros de Defensa e Interior demostraría que no se trató con la profesionalidad que se requería. Habla de que es un problema nuevo el que se está enfrentando y de la necesidad de generar nuevos protocolos, incluido uno de comunicación. El experto cree que, frente a la nueva realidad, el Ministerio de Defensa es el que debería liderar la crisis porque esto no es interior sino de frontera, de soberanía y transnacional.

Las cifras del Consejo de la Judicatura señalan que entre 2014 y 2018 ingresaron 634 causas por al menos 11 modalidades de secuestro que se produjeron en el país. De esa cifra se resolvieron 538 en el mismo tiempo. En su mayoría, los casos fueron por secuestro simple tipificado en el artículo 161 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

El secuestro se castiga con hasta 26 años de cárcel

El secuestro se encuentra tipificado en la sección tercera de delitos contra la libertad personal del Código Orgánico Integral Penal.

El artículo 160 habla de la privación ilegal de libertad y sanciona con cárcel de uno a tres años al servidor público que prive ilegalmente de libertad a una persona.

El secuestro propiamente dicho se penaliza en el artículo 161. Señala que la persona que prive de la libertad, retenga, oculte, arrebate o traslade a lugar distinto a una o más personas, en contra de su voluntad, será sancionada con entre cinco y siete años.

Incurre en secuestro extorsivo quien busca cometer otra infracción u obtener de la víctima o de terceras personas dinero, bienes, títulos, documentos, beneficios que produzcan efectos jurídicos o alteren sus derechos a cambio de su libertad. Recibirá de diez a trece años.

Se le impondrá la pena máxima si es que la privación de libertad de la víctima se prolonga por más de ocho días o, en el caso extremo, se ha producido la muerte de la víctima. En ese escenario, se le impondrán entre 22 y 26 años.

La simulación del secuestro también se castiga con una pena de seis meses a dos años de cárcel.

El secuestro exprés fue una modalidad de secuestro extorsivo. Aunque este tipo de delito es planificado, se realiza de forma aleatoria. Normalmente las víctimas no tenían un perfil definido. Podrían ser estudiantes, amas de casa, empresarios, o ciudadanos comunes. Las acciones policiales redujeron la incidencia del delito.