
¿Quiénes deben presentar nueva declaración patrimonial? lo que exige la Contraloría
Los funcionarios considerados Personas Expuestas Políticamente tienen hasta el 31 de agosto para registrar su información
Desde este 1 de agosto, la Contraloría General del Estado (CGE) exigirá a los servidores públicos considerados Personas Expuestas Políticamente (PEP) presentar una nueva declaración patrimonial jurada. Esto, tras la reforma a la Ley de Declaraciones Patrimoniales derivada de la Ley de Lavado de Activos vigente desde el 29 de julio de 2025.
Este nuevo requisito aplica para quienes ocupan cargos jerárquicos superiores y contempla el detalle de ingresos adicionales, bienes y representaciones, dentro y fuera del país. El proceso debe completarse hasta el 31 de agosto de 2025, únicamente de forma digital en el portal web de la CGE.
Declaración patrimonial obligatoria para los PEP
Entre los datos que se deben incluir constan:
- Posiciones actuales mantenidas fuera de la función pública, ya sean remuneradas o no, en el país y en el extranjero.
- Fuentes de ingresos adicionales al cargo público, detallando el tipo de ingreso, la fuente, y su valor, percibidos en el país y en el extranjero.
- Remuneración a percibir en el cargo público.
- Sociedades, fideicomisos, arreglos jurídicos y bienes de los cuales sea el beneficiario final el declarante, su cónyuge e hijos menores de edad, en el país y en el extranjero.
- Derechos de representación otorgados o adquiridos.
“Esta medida busca transparentar los bienes y actividades económicas de los funcionarios con poder de decisión, para prevenir delitos como el lavado de activos”, indicó el contralor general del Estado, Mauricio Torres.
¿Quiénes son considerados Personas Expuestas Políticamente?
La normativa define como PEP a quienes desempeñan funciones de libre elección popular como:
- Todos los cargos de libre elección popular.
- Desde el grado 5 al 10 de la escala de remuneración mensual unificada del nivel jerárquico superior y sus equivalencias; subgerentes de área.
- Directores, gerentes, subgerentes, asesores, coordinadores de las Empresas Públicas Estatales.
- En Fuerzas Armadas y Policía Nacional, desde teniente coronel; En la Fuerza Naval, desde capitán de fragata.
- Alcaldes, vicealcaldes, concejales, administradores, comisarios, directores, gerentes, subgerentes, asesores, coordinadores, de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, y de sus Empresas Públicas.
- Asambleístas principales y suplentes y los directivos de libre nombramiento y remoción de la Asamblea Nacional.
- Gobernadores e intendentes.
- Prefectos, viceprefectos, consejeros, directores de las Prefecturas.
- Diplomáticos, embajadores, cónsules (Cumpliendo delegaciones por parte del Ecuador en el extranjero, y aquellos que se encuentran en el país en representación de otro Estado)
- Magistrados, jueces, conjueces, fiscales, presidente y vocales, director general y provinciales, asesores nacional y provinciales, coordinadores nacionales y provinciales del Consejo Nacional de la Judicatura.
- Gerentes y directores de hospitales, de Centros o Unidades de Salud.
- Directores del Ministerio de Educación.
De igual forma, están obligados a declarar los funcionarios que perciban sueldos del nivel jerárquico superior, desde el grado 5 al 10 de la escala pública. “La administración de talento humano deberá informar a cada servidor si aplica como PEP”, establece el reglamento aprobado.
La Contraloría vigilará el cumplimiento
El control del cumplimiento estará a cargo de la CGE, que verificará si los funcionarios PEP presentaron su declaración en el tiempo estipulado. El trámite es gratuito y se debe hacer mediante el sistema electrónico del organismo.
“La omisión de este requisito será considerada falta grave y sancionada conforme a la Ley de Servicio Público”, señaló el comunicado.
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