Daniel Noboa
Daniel Noboa solicitó licencia a la Asamblea para ausentarse de sus funciones por motivos personales.Flickr: Presidencia de la República del Ecuador

Daniel Noboa viaja a EE. UU.: ¿Cubrirá su traslado con recursos públicos?

El decreto fija fechas, delegación mínima y obliga a informar al Legislativo antes de la salida oficial

La decisión quedó plasmada en un decreto firmado desde Carondelet. El documento no anuncia agendas, reuniones ni cumbres. Solo deja claro que el mandatario se ausentará del país por dos días y que el motivo del desplazamiento no responde a compromisos oficiales, sino a asuntos de índole personal, según el texto oficial.

El escrito detalla que la salida del jefe de Estado se realizará con un equipo reducido al mínimo. No habrá comitiva ampliada ni funcionarios adicionales. La disposición busca marcar distancia con viajes anteriores cuestionados por costos y delegaciones extensas, en un contexto de alta sensibilidad pública sobre el uso de recursos estatales.

Viaje presidencial a EE. UU. por motivos personales

El decreto establece que el presidente Daniel Noboa Azín se trasladará a Estados Unidos de América los días 26 y 27 de diciembre de 2025. La norma es explícita al señalar que el desplazamiento se da “para atender asuntos de índole personal”.

La comitiva de apoyo estará integrada únicamente por el Jefe de Seguridad. El texto no menciona cancillería, ministros ni asesores. “No existirá erogación de recursos públicos a favor del Primer Mandatario”, señala el artículo primero del decreto.

El segundo artículo refuerza esa línea: los gastos que genere el desplazamiento del integrante de seguridad deberán ser cubiertos por el presupuesto de la institución a la que pertenece. Con ello, el Ejecutivo intenta blindar el viaje frente a cuestionamientos por financiamiento estatal.

Aviso obligatorio a la Asamblea Nacional

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El decreto también se apoya en la Constitución para sustentar el procedimiento. Se recuerda que el artículo 144 obliga al presidente a notificar su salida del país a la Asamblea Nacional, indicando periodo y razones de la ausencia.

En la disposición general única se ordena cumplir con esa notificación de manera formal. El texto señala que se comunicará el viaje conforme a lo establecido en la norma constitucional, cerrando cualquier vacío legal sobre la ausencia temporal del mandatario.

El documento fue suscrito el 23 de diciembre de 2025, en el Palacio Nacional, en Quito. Desde ese momento, el decreto entra en vigencia, sin necesidad de esperar su publicación en el Registro Oficial, según se especifica en el cierre del texto.

Licencia presidencial y encargo del poder: el contexto político de la ausencia de Noboa

El viaje y la salida temporal del país se enmarcan en una licencia solicitada por el presidente Daniel Noboa a la Asamblea Nacional. El pedido fue remitido el 18 de diciembre de 2025 al titular del Legislativo, Niels Olsen, e inicialmente cubría del 1 al 15 de enero de 2026, aunque luego fue corregido hasta el 18 de enero por motivos personales y familiares.

Durante ese período, la Constitución dispone que la jefatura del Estado sea asumida de forma interina por la Vicepresidencia. En este caso, será María José Pinto quien ejerza el cargo entre el 1 y el 18 de enero de 2026, garantizando la continuidad administrativa y política del Ejecutivo mientras se mantiene la ausencia temporal del mandatario.

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