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Imagen referencial/Ecuador regresará a las urnas para el referéndum sobre las bases militares extranjeras en el paísArchivo Expreso

Bases extranjeras en Ecuador: ¿Qué es el referéndum y como será el proceso?

El referéndum sobre la reforma de la Constitución busca definir el futuro de las bases militares extranjeras en Ecuador

El debate sobre la instalación de bases militares extranjeras ha vuelto al centro de la discusión política. La propuesta del presidente Daniel Noboa para reformar el artículo 5 de la Constitución ha generado inquietudes sobre soberanía, legalidad y el alcance real de la consulta popular que se avecina.

Para el abogado y docente de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE) Otto Pérez, “la intención de reformar el artículo 5 reabre viejos debates constitucionales y requiere un escrutinio riguroso del proceso legal”. En una entrevista a EXPRESO el académico explica qué es el referéndum y como será el proceso.

¿Qué es un referéndum?

Un referéndum es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual se somete al voto popular una propuesta legal, reforma constitucional o decisión política de alto impacto. Es una herramienta de democracia directa, que permite que la ciudadanía decida sobre temas trascendentales sin intermediación parlamentaria.

Está regulado por la Constitución y el Código de la Democracia. Su resultado puede ser vinculante, es decir, obligatorio para el Estado, siempre que se cumplan los requisitos legales y el proceso sea validado por la Corte Constitucional y organizado por el Consejo Nacional Electoral.

El abogado Otto Pérez explica que “el referéndum no solo es una consulta, sino un acto jurídico que modifica el sistema normativo si la mayoría lo aprueba. Por eso, debe cumplir parámetros estrictos de constitucionalidad, claridad y neutralidad en su formulación”.

¿Cómo será el proceso del referéndum?

“El primer paso fue la iniciativa, que provino del presidente. Luego vino el dictamen de vía por parte de la Corte Constitucional, que confirmó que se trata de una reforma parcial”, señala Pérez.

Luego, la Asamblea Nacional aprobó la propuesta en dos debates. El 8 de julio de 2025, la Asamblea remitió a la Corte Constitucional el texto definitivo, con preguntas, anexos y preámbulo. Aquí comienza una etapa crucial: la Corte debe revisar la forma y contenido del referéndum.

Tres vías para modificar la Constitución

“La Constitución plantea tres mecanismos para modificar su contenido: enmienda, reforma parcial y asamblea constituyente”, explica el abogado.

  • La enmienda (artículo 441) permite cambios menores y no puede afectar derechos ni la estructura del Estado.
  • La reforma parcial (artículo 442) tiene un alcance intermedio, con restricciones solo en cuanto a derechos y procedimientos de reforma.
  • La asamblea constituyente (artículo 444) permite modificar la Constitución por completo.

En este caso, la Corte Constitucional ya determinó que la propuesta presidencial debe tramitarse como reforma parcial, por lo que no se requiere una nueva constituyente.

¿Qué debe revisar la Corte Constitucional?

“El artículo 105 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina los parámetros del examen”, indicó Pérez. La Corte debe asegurarse de que:

  • El preámbulo no induzca respuestas ni contenga carga emotiva.
  • Cada pregunta tenga una sola cuestión, evitando agrupación de temas.
  • El lenguaje sea neutro, claro y comprensible.
  • Las propuestas tengan efecto jurídico real y no sean beneficios específicos para grupos políticos.

“El problema surge cuando se colocan muchas preguntas en un mismo bloque y se aprueban todas con un solo voto. Eso está prohibido”, puntualizó el abogado. Además, la Corte tiene solo 20 días para emitir su dictamen. “Si no se pronuncia en ese plazo, se entenderá que el dictamen es favorable”, añadió.

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¿Qué modifica la reforma constitucional?

El referéndum busca modificar el Artículo 5 de la Constitución el cual estipula lo siguientes:

“Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras.”

Lo que propone el Ejecutivo es eliminar todo lo que está después de “Ecuador es un territorio de paz”. Esto abriría la puerta al establecimiento de bases y presencia militar extranjera en el país.

¿Qué falta antes de ir a las urnas?

“El siguiente paso es el dictamen de constitucionalidad por parte de la Corte. Luego, el Consejo Nacional Electoral tiene máximo 15 días para convocar al referéndum”, señala Pérez. La votación debe hacerse dentro de los 60 días siguientes a la convocatoria, según el artículo 184 del Código de la Democracia.

Así, el país aún espera dos resoluciones clave: la sentencia de la Corte y la convocatoria del CNE. “Solo después de eso, los ecuatorianos podrán pronunciarse sobre si permitir bases militares extranjeras en territorio nacional”, concluyó Pérez.

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