CONSEJEROS DE PARTICIPACION FUERON RESTITUIDOS
Los cuatro consejeros censurados retomaron sus puestos tras ser beneficiados por la medida cautelar.RENE FRAGA

La osadía política, el crisol de la inestabilidad jurídica

Una medida cautelar restituyó a los consejeros de Participación censurados. El abuso de estos recursos acarrea consecuencias, según constitucionalistas

Que un juez intervenga en las decisiones de otro poder del Estado no es novedad. Ya sucedió con los procesos de destitución de Guadalupe Llori de la Presidencia de la Asamblea Nacional, y de Jorge Yunda de la Alcaldía de Quito; también durante el intento de remoción de Fausto Murillo del Consejo de la Judicatura y, ahora, con la restitución de los cuatro consejeros de Participación Ciudadana que fueron censurados y destituidos por el Legislativo. Sin embargo, es precisamente la regularidad de estos casos lo que, según juristas, genera un escenario donde la reputación de estos recursos peligra.

“Las garantías constitucionales son buenas, pero se las prostituye”, dice a EXPRESO Antonio Gagliardo, exjuez de la Corte Constitucional, quien señala que los casos mencionados son “un mal antecedente que desnaturaliza las acciones constitucionales y atenta contra la seguridad jurídica”.

El abuso de estos recursos genera la idea de que las garantías jurisdiccionales son focos de corrupción. La Corte Constitucional y la Judicatura son los principales responsables.

Ismael Quintana, constitucionalista
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Además, aclara que “siempre habrá el derecho de reclamar cuando alguien considere vulnerados sus derechos constitucionales” y que el problema radica en que “la justicia se deja manosear por intereses políticos”.

Intenciones que para el constitucionalista André Benavides se reflejan en “procesos que (se inician) no porque haya existido la violación a derechos, sino porque (los políticos) pretenden ver la forma de cómo quedarse en el puesto y que no los manden a la casa”. Dicho escenario, según el jurista, deslegitima los recursos constitucionales, ya que “por más que tengas la razón y se necesite la acción, para un juez (el tratar uno de estos recursos) ya le puede significar un acto de cuidado. Ahí el único perjudicado es el ciudadano”.

Los recursos constitucionales no han sido utilizados por los políticos por la violación de sus derechos, sino para ver la forma de quedarse en sus puestos y no irse a su casa.

André Benavides, constitucionalista

Asimismo, recuerda que la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional ya sanciona el abuso del derecho; así como la Corte Constitucional es la llamada a vigilar estos procedimientos.

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No obstante, estas son responsabilidades que no están siendo cumplidas, a criterio del jurista constitucional Ismael Quintana. “Además de resolver causas, la Corte Constitucional tiene una función pedagógica para verter criterios jurisprudenciales en situaciones como esta”, dice y señala que la definición de cuándo hay un abuso del derecho y cuál es el límite entre el uso adecuado y político de las garantías jurisdiccionales son algunos de los temas que falta aclarar.

Los ciudadanos siempre tendrán el derecho de reclamar si se sienten vulnerados, pero algunos jueces se prestan para entorpecer labores que son completamente del ámbito político.

Antonio Gagliardo, exjuez de la Corte Constitucional

Por otro lado, Quintana también recuerda que los jueces “protagonistas” de estos casos “pertenecen a la Función Judicial y están bajo el control administrativo del Consejo de la Judicatura”, pero que, en ambos casos, “no ha pasado nada” y la justicia se mantiene como la “alfombra de los políticos”.