Uniforme escolar
El Ministerio de Educación dispuso que las estudiantes de colegios y escuelas pueden elegir si usar falda o noCANVA

¿Niñas obligadas a usar falda en colegios de Ecuador? Esto dijo Educación

Desde el 2018 las niñas pueden elegir si usar falda o no

El uso de faldas como parte del uniforme de las niñas en escuelas y colegios ha sido la regla durante varios años, sin embargo, desde hace más de siete años el Ministerio de Educación del Ecuador ha dejado claro que ninguna institución educativa puede obligar a las niñas a usar falda como parte del uniforme escolar. Esta disposición, establecida en el Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2018-00034-A, sigue vigente.

¿Qué establece la normativa oficial?

El Acuerdo Ministerial 034-A, emitido en 2018, regula el uso de uniformes escolares en todas las instituciones educativas del país. En su artículo 6, se establece de forma explícita que el uso de falda para niñas y adolescentes mujeres es opcional, y que no se podrá obligar de ninguna manera el uso de dicha prenda.

Esto significa que las escuelas deben ofrecer alternativas como pantalones, similares a los que usan los varones, si las estudiantes así lo deciden. La normativa aplica a todos los niveles educativos y a todas las modalidades de gestión institucional.

Además, el artículo 3 del mismo acuerdo señala que el uniforme escolar debe estar definido en el Código de Convivencia Institucional, el cual debe ser registrado y ratificado por la Dirección Distrital de Educación correspondiente. Si el código no contempla disposiciones claras sobre el uniforme, la institución no puede imponer condiciones arbitrarias.

¿Qué hacer si una institución exige el uso de falda?

El Ministerio de Educación ha reiterado que cualquier imposición del uso obligatorio de la falda constituye una infracción y puede ser denunciada. Esta práctica vulnera los derechos de las estudiantes y contradice la normativa vigente.

Los padres de familia o representantes legales pueden presentar denuncias directamente en la Dirección Distrital de Educación de su jurisdicción. Esta entidad es responsable de vigilar el cumplimiento de los acuerdos ministeriales y de garantizar que los Códigos de Convivencia respeten los derechos de los estudiantes.

El Ministerio ha enfatizado que el respeto a la libertad de elección en el uso del uniforme es parte del compromiso institucional con la equidad de género y la inclusión educativa.

Colegio Manuela Cañizares
Los padres de familia de los estudiantes pueden denunciar si presencian irregularidades en las instituciones educativasANGELO CHAMBA

Otras exigencias escolares que no son legales

Además del uso obligatorio de la falda, existen otras prácticas escolares que no están permitidas si no están respaldadas por el Código de Convivencia aprobado por el Ministerio:

  • Compra de útiles escolares: Las familias pueden adquirir los útiles en cualquier lugar, sin obligación de comprarlos en la institución o en librerías designadas.
  • Uniformes escolares: No es obligatorio comprarlos en el colegio. Los padres pueden hacerlo donde prefieran, siempre que cumplan con el modelo institucional.
  • Cortes de cabello o peinados: Solo pueden exigirse si están expresamente incluidos en el Código de Convivencia, firmado por los padres y aprobado por el Ministerio.
  • Transporte escolar: No es obligatorio usar el servicio de transporte del establecimiento.
  • Colaciones o almuerzos: Las instituciones no pueden imponer la compra de alimentos dentro del plantel.
  • Cuotas o aportes económicos: Ninguna institución puede exigir colaboraciones monetarias, salvo que estén debidamente justificadas y aprobadas.

Estas disposiciones buscan proteger a las familias de gastos innecesarios y de imposiciones que vulneren su autonomía y derechos. El Acuerdo Ministerial 034-A se fundamenta en principios constitucionales como el interés superior del niño, la libertad personal, la igualdad de género y el respeto a la diversidad.

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