Las leyes y los médicos vuelven a  enfrentarse

Las leyes y los medicos vuelven a enfrentarse

El proyecto de ley que irá a debate en la Asamblea, sin embargo, contempla un régimen de sanciones aún más estricto. Ya hay voces entre los profesionales de la Salud que piden el archivo del texto.

Vuelve el fantasma de las sanciones. Hace tres años, los médicos y enfermeras protestaron contra el Código Penal Integral (COIP) que sanciona la mala práctica profesional. Ellos tenían su esperanza puesta en el Código de la Salud.

El proyecto de ley que irá a debate en la Asamblea, sin embargo, contempla un régimen de sanciones aún más estricto. Ya hay voces entre los profesionales de la Salud que piden el archivo del texto. Incluso desde las mismas filas de PAIS hay un pedido para postergar el trámite (ver nota adjunta).

“Es un Código perverso, punitivo, sancionador y perseguidor”, dijo a EXPRESO José Eras, presidente de la Federación Médica Ecuatoriana.

Según la iniciativa de los legisladores de Alianza PAIS de la Comisión de la Salud, los profesionales enfrentarán tres tipos de responsabilidades: profesional sanitaria, desviaciones del sistema de salud y error sanitario.

La primera dice que el personal debe actuar de forma diligente, cumplir normas, guías y protocolos. Debe tomar precauciones para evitar los riesgos derivados de la práctica profesional. Los médicos y personal de Salud responderán por sus actuaciones.

La segunda, establece que no se podrá atribuir a los profesionales, técnicos y tecnólogos en Salud, las faltas administrativas por falencias en las instituciones. Estas, sus empleados y funcionarios serán responsables por lesiones, incapacidad o muerte de pacientes en estos casos.

“Es un concepto internacional. Tiene varias características y excluye de responsabilidad a los profesionales de la Salud cuando haya falencias en los establecimientos”, aclaró a este Diario, Carlos Velasco, de PAIS, médico y vicepresidente de la Comisión.

La tercera responsabilidad, el error sanitario se configura cuando se produzca la muerte o lesiones que dejen al paciente con incapacidad o se prolongue sin necesidad su estancia hospitalaria. Esos errores serán ‘achacados’ a los médicos. Pueden ser causados por actuaciones directas, individuales y no justificadas; por inobservar las leyes, reglamentos, normas, guías clínicas, protocolos, o por haber actuado con negligencia, imprudencia o impericia.

¿Cómo se determinará la responsabilidad?

Según la propuesta, si la autoridad competente (no aclara cuál es) cree que hay la concurrencia de estas condiciones, emitirá un informe con indicios de responsabilidad penal. El documento irá, en primera instancia, a la “instancia superior competente” que, de creerlo necesario, lo enviará a la Fiscalía. Será la base de la acción penal.

Byron Pacheco, legislador de Avanza y miembro de la comisión, coincide en que el Código es “demasiado punitivo. Pero, aclaró, que nadie puede ser sancionado dos veces por la misma causa: el COIP ya sanciona con privación de la libertad la muerte de un paciente, recordó.