
La igualdad politica se disputa en las cortes
Trece acciones de protección se interpusieron para lograr la paridad municipal. Expertos debaten la legalidad de la medida.
La paridad de género se cumple, pero a punta de escopeta. Desde julio hasta la actualidad, la Defensoría del Pueblo ha interpuesto trece acciones de protección, instando a los cabildos de seis provincias a cumplir de manera obligatoria con la instauración de la equidad de las vicealcaldías. Y aún faltan municipios por analizar.
La defensora del Pueblo encargada, Paulina Murillo, indica que, hasta ahora, varias de las medidas legales se encuentran en apelación, entre ellas la interpuesta en Quito, pero establece que la entidad continuará los procesos hasta la última instancia.
“La constitución de la República es de cumplimiento obligatorio para todas las autoridades del Estado. Es decir, si en una Alcaldía no se ha cumplido con la disposición, corresponde que, de oficio, se haga una reivindicación y se tome una resolución diferente a la que han tomado los concejos municipales”, expresó.
Los fallos a favor tampoco son una garantía. El Cabildo cuencano lo demostró hace dos semanas, cuando pese al fallo judicial a favor de la concejala Marisol Peñaloza, el alcalde Pedro Palacio y los demás concejales se rehusaron a aceptar la decisión judicial y solicitaron una ampliación. La toma de posesión de la nueva vicealcaldesa se dio en medio de voces de protesta, entre ellas la de Juan Pedro Peralta, síndico de ese Cabildo, quien señaló que el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) no establece la alternancia entre hombres y mujeres para ese cargo, sino la paridad en el proceso electoral y de votaciones del Concejo.
A la medida la siguieron la aprobación de acciones de protección en los cantones Mejía y Santa Isabel, también en Azuay y San Cristóbal, en Galápagos. En Santa Cruz, en el archipiélago, el propio Cabildo decidió modificar su elección de esta dignidad para acoger el principio de paridad.
Pero la legalidad de la iniciativa de la Defensoría del Pueblo divide a los expertos.
“Se está interpretando equívocamente la Constitución. La garantía de la paridad establecida se refiere a los cargos de elección popular, que sí se cumplió. El derecho a una participación igualitaria en la elección del vicealcalde de todos los concejales y concejalas también se cumplió. Pero la Ley no establece que esta designación deba estar sujeta a la paridad. Se está violando el artículo 61 de la Constitución, al hacer que las designaciones estén sujetas a las categorías no discriminatorias y no al mérito”, subrayó el abogado constitucionalista Roberto López.
Con él concordó el jurista Ismael Quintana, quien agregó que, además de una interpretación errónea de la Carta Magna, la Defensoría y las cortes han obviado dos pronunciamientos de la Procuraduría General del Estado. “La Procuraduría establece que esa disposición del Cootad solo se evidencia en la posibilidad de que hombres y mujeres concejales puedan participar en la designación del vicealcalde, pero no se puede traducir en una obligatoriedad de que, si el alcalde es hombre, una mujer deba ser vicealcaldesa.
Estos pronunciamientos son vinculantes”, señaló. Agregó enfáticamente, que los fallos a favor de la Defensoría responde, no a la legalidad, sino “a una moda absurda”.
Al otro lado del espectro está la abogada Silvia Buendía, quien señaló que la paridad se incluyó en la Constitución con un sentido histórico, destinado a igualar las condiciones políticas de hombres y mujeres en el país y que, tanto la Carta Magna como el Cootad son claros con respecto a su aplicación. “Este no es un tema político, es un tema legal y constitucional, y quien diga lo contrario no necesariamente es machista, sino ignorante, porque no ha leído la ley. El artículo 317 del Cootad es claro y transparente, y dice que en los concejos se procederá a elegir entre sus miembros de acuerdo con el principio de paridad en donde fuere posible. No hay vueltas que darle”.
La catedrática y jurista María José Robalino recalcó que, además de la obligatoriedad de la ley, en los futuros procesos a juzgarse también primará el precedente. “Cuenca marcó un precedente y ese precedente tendrá que respetarse en todas las alcaldías, no hay más que agregar”.
El Cabildo quiteño, en litigio
El Municipio de Quito es uno de los cabildos acusados de no cumplir con el principio de la paridad de género, y que ha sido foco de las acciones de la Defensoría del Pueblo. Sin embargo, el proceso judicial se ha atascado, con varias audiencias suspendidas desde hace casi dos meses. La más reciente se debía llevar a cabo el pasado jueves 5 de septiembre. Tras una nueva suspensión, esta se movió para el próximo miércoles 11 a las 12:30.
Reformas fortalecen la equidad
En las reformas al Código de la Democracia que presentó el Consejo Nacional Electoral (CNE) también se plantean propuestas para fortalecer la paridad. En el primer inciso del mismo, donde actualmente consta la participación bajo el principio de ‘igualdad de oportunidades’, se añaden las palabras ‘paridad de género’ y ‘equidad’. En el artículo 7 se determina la obligatoriedad de presentar alternos en base al género, entre otras propuestas.