Primer plano de una mano que firma un cheque.
El mercado de acciones va más allá de las transacciones en bolsas. (Imagen referencial).BLUESTOCKING

El control tributario de Ecuador le ajusta las tuercas al mercado de acciones

El Gobierno anuncia una inspección masiva a utilidades por compra y venta de títulos societarios 

El Gobierno Nacional anunció la implementación del primer control masivo sobre las utilidades generadas por la compra y venta de acciones en Ecuador, una medida que apunta a combatir la evasión fiscal y con ello fortalecer las finanzas públicas.

El Impuesto a la Renta Única (IRU) grava con el 10 % la utilidad obtenida en la transferencia de acciones; es decir, el margen de ganancia que un accionista obtiene al vender sus títulos societarios.

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La vocera oficial de Carondelet, Carolina Jaramillo, informó que 300 contribuyentes ya han cumplido con esta obligación de forma voluntaria, lo que ha representado una recaudación promedio de 30 millones de dólares anuales.

Sin embargo, el Servicio de Rentas Internas (SRI) dijo horas más tarde haber identificado un universo potencial de 6.000 contribuyentes que aún no han declarado este impuesto, que podrían generar una recaudación de 50 millones de dólares este año.

El experto bursátil Ismael Vélez aclara que la medida no implica la creación de nuevas tasas sobre las ganancias, sino el inicio del control efectivo de una ley ya vigente desde el 2016. Esto significa que los contribuyentes que han evadido esta obligación enfrentarán no solo el pago del impuesto adeudado, sino también multas e intereses por mora.

Las ventas y compras en el mercado bur´satil 

En el 2024, solo en el mercado bursátil este tipo de transacciones movió 47,1 millones de dólares, frente a los 56,8 millones del año previo. La Bolsa de Quito concentró la mayor actividad, con 31,9 millones de dólares, mientras que Guayaquil registró transacciones por 15,1 millones de dólares.

Pero Ricardo Flores, exsubdirector del SRI, aclaró que el control no solo se aplicará sobre las empresas que están enlistadas o cotizan en bolsa, sino también sobre aquellas compañías que compran y venden acciones por fuera de este mercado. Allí, dice, los montos que ese mueven son superiores, pero resulta difícil medirlos. “Son transacciones privadas. Salvo por la información que el SRI hace pública de cuánto se ha pagado por ese impuesto, no se puede saber el monto que se movió en ventas de acciones”, señaló.

“Este tipo de actuaciones están dirigidas a atacar conductas defraudatorias, de quienes ocultan el valor real de sus operaciones”, explicó la vocera Jaramillo, señalando que se iniciarán procesos de control y fiscalización en los próximos días.

Vélez manifestó que el Gobierno incluso tiene la potestad de revisar las transacciones que se han hecho desde el 2020 y cobrar de forma retroactiva, porque la norma permite hacer este control de los últimos cinco años.

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El SRI, a través de un comunicado emitido la tarde de ayer, detalló que las inspecciones estarán dirigidas principalmente a empresarios con grandes patrimonios que mantienen participaciones societarias. “Ya se han iniciado procesos de fiscalización a varios casos, por lo que los contribuyentes deberán pasar por las instancias correspondientes para declarar y pagar lo que les corresponde”, notificó la entidad de control.

Control en dividendos

Pero la medida, dijo Vélez, irá más allá y tocará el pago de dividendos. Al respecto, el SRI informó que actualmente en Ecuador existen más de 29 mil millones de dólares en dividendos sin distribuir entre accionistas, por lo que el SRI reforzará también el control para garantizar la adecuada tributación del impuesto sobre estos pagos.

Para fortalecer esta gestión, el SRI y la Superintendencia de Compañías retomarán el convenio de cooperación interinstitucional, que administraciones anteriores de ambas entidades dejaron sin efecto. El objetivo es cruzar información y detectar casos de omisión o subdeclaración.

El SRI recordó que el Código Integral Penal establece que cualquier acto de simulación, ocultamiento, falsedad o engaño que lleve a error a la Administración Tributaria, constituye un delito, el cual puede ser sancionado con penas de hasta diez años de prisión.

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