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El desafuero de los convenios de pago en compras públicas

Las entidades del Estado hacen millonarias adquisiciones fuera de contratos formales y sin registro. Ahora deben hacer públicos esos desembolsos

CNEL
CNEL está entre las entidades públicas que más convenios firmaron. Tiene 52 acuerdos registrados.)Archivo / Expreso

Decenas de millones de dólares han destinado los organismos del Estado a la adquisición de bienes, obras y servicios al margen de los regulares procedimientos establecidos en la Ley de Contratación Pública.

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Utilizando la figura de los convenios de pago, un mecanismo exclusivo que la ley permite para extinguir obligaciones en circunstancias excepcionales, una multitud de organismos públicos desembolsaron recursos para cubrir necesidades variopintas y de diversos montos.

La data sobre el manejo de esos gastos que generan una afectación presupuestaria al Estado y que desde hace muchos años se mantenía bajo sombras, empezó a hacerse visible recientemente en el portal de Compras Públicas, un año después de que se declarara la obligatoriedad a través de una regulación emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop).

Hasta el cierre de esta nota, 496 convenios de pago suscritos por las instituciones estatales se habían publicado. Estas deben entregar la información referente a esos instrumentos jurídicos, suscritos a partir del 1 de enero de 2020.

Una revisión efectuada por EXPRESO a esos reportes permite identificar a los organismos que mayores montos han pagado y cuáles fueron los propósitos de los compromisos adquiridos.

Destaca, por ejemplo, la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL EP) que firmó 52 convenios de pago, a través de los cuales canceló $ 6’025.940,97.

Esa empresa pagó a proveedores, entre otras cosas, por el servicio de lectura y facturación de planillas de consumo, por el corte y reconexión de medidores, por seguridad privada, por compra de pasajes aéreos para funcionarios y por la adquisición de insumos para la protección contra la COVID-19.

Petroecuador desembolsó $ 4’520.406,75 en tres convenios. El más costoso de ellos ($ 4’108.671,42 a la empresa Biocenctricsol) fue firmado el pasado 18 de mayo, por concepto de trabajos de mantenimiento en la refinería de Esmeraldas que fueron realizados entre 2013 y 2014, y que no estuvieron contemplados en un compromiso contractual suscrito con esa empresa.

Otra entidad en ese ranking es la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), que registra 57 convenios de pago, por $ 3’221.188,82. La mayoría de ellos son por concepto de alquiler de vehículos de transporte comercial, aunque también pagó por el servicio de seguridad privada y aseo y limpieza de sus instalaciones, y por cuñas radiales.

La Municipalidad de Guayaquil canceló $ 958.239,52 en 10 convenios aprobados. Los de mayor costo fueron, por $ 146.250, para la organización de nueve eventos navideños, culturales y artísticos denominados Felices Navidades; y $ 161.000, para la restauración del Salón de la Ciudad del palacio municipal.

Dos expertos en la materia consultados por EXPRESO cuestionan el uso que las instituciones del Estado dan a una herramienta, que según precisan, es de carácter excepcional en las compras públicas.

Sebastián Mora, entendido en Contratación Pública, aclara que deben cumplirse tres presupuestos jurídicos para que una entidad la utilice: que alguien lo haya ordenado mediante un acto administrativo válido; que exista certificación presupuestaria para el pago; y haber recibido previamente la obra o servicio a satisfacción.

“Su mal uso puede acarrear responsabilidades administrativas, por no realizar un proceso de contratación, y posiblemente hasta responsabilidades civiles si no hay un justo precio en el bien o servicio adquirido”, alerta.

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Mora cree que los convenios de pago no deberían existir. “Se ha utilizado para ‘baipasear’ el sistema de contratación y para actos de corrupción”, sentencia. El experto cree en una medida radical para su eliminación: que mediante una reforma legal, la entrega de un bien o servicio que no tenga previamente un contrato firmado, sea declarada como donación al Estado.

Alejandra Vivanco, exsubcontralora y experta en control gubernamental, reconoce que la existencia de esta figura, de empleo muy recurrente en los entes públicos, podría generar abusos y representar puntos de fuga de recursos públicos.

“Todo nace de la falta de efectividad y eficacia en el ejercicio de las entidades”, sostiene. Y pone como ejemplo que, con frecuencia, en los procesos de contratación de bienes y servicios los organismos contratantes no establecen todas las necesidades que requieren, por lo que después se ven precisados a firmar con el proveedor los convenios de pago para el suministro de los que les faltó.

“El control interno en las entidades del Estado es pésimo. El Sercop está haciendo bien esto de transparentar este asunto, para que la gente se dé cuenta de cómo el sector público está empleando mal esta figura. Pero ese organismo solo puede llamar la atención o invocar la norma. El que puede sancionar es la Contraloría, a través del ejercicio regulador de un examen especial”, ilustra Vivanco.