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Diario Expreso Ecuador

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Una decision de Correa sobre discapacidades es inconstitucional

30 % de discapacidad, vuelve a ser el mínimo para acogerse a los beneficios.

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Pasaron cuatro años y ya se había marchado del poder. Pero el reglamento firmado por el entonces presidente Rafael Correa, que limitó los beneficios sociales para personas con discapacidad a quienes registraran porcentajes superiores al 40 %, fue declarado este mes como inconstitucional por la Corte Constitucional, tras 49 meses en vigencia.

Se trata de una inédita marcha atrás, respaldada por siete de los nueve magistrados, en respuesta a la demanda de inconstitucionalidad que planteara la hoy exlegisladora socialcristiana María Cristina Kronfle, como presidenta del grupo parlamentario por los derechos de personas con discapacidad, en 2015. Durante el último período presidencial, todas las demandas de inconstitucionalidad provenientes desde la oposición habían sido depositadas en la papelera de archivo o negación.

El reglamento expedido por Correa, en uso de sus atribuciones presidenciales, elevaba del 30 al 40 % el porcentaje de discapacidad necesario para beneficiarse de reducciones tributarias, incentivos laborales y otros.

El cambio de requisitos, a juicio de Kronfle, “denigra y excluye a miles de ecuatorianos de los beneficios de ley que anteriormente gozaban”. Una acusación negada, ante el Constitucional y la opinión pública por Carondelet.

Sin embargo, la Corte ha fallado a favor de la demandante.

Los magistrados consideraron que el reglamento del expresidente era “regresivo” y echó atrás la decisión, devolviendo al 30 % el mínimo para ser considerado como discapacitado y gozar de beneficios sociales, laborales y tributarios. Los magistrados exhortaron además a las autoridades a “la observancia” de la progresividad de los derechos.

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