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Discusión. El pleno de la Asamblea Nacional sesionó ayer para abordar en primer debate el cuarto proyecto urgente del presidente Noboa.Asamblea Nacional

Correísmo y PSC: no porque no

Las reformas a la extinción de dominio tropiezan con la oposición de los aliados.  Las reformas a la ley de contratación, en cambio, gustan a todos.

¿Razones jurídicas? En cualquier lugar, menos donde se redactan las leyes: los legisladores no entienden de eso. El Pleno de la Asamblea Nacional acogió ayer jueves el primer debate sobre el cuarto proyecto de ley económica urgente del presidente Daniel Noboa, aquel que contiene reformas a las leyes de extinción de dominio y contratación pública, de la Contraloría y la Procuraduría, al Código Penal y al Código Administrativo, entre otras, con el fin de obtener recursos para financiar la lucha contra la corrupción. Durante cuatro horas los asambleístas despacharon dramáticas lamentaciones sobre la crisis de inseguridad, pasaron revista a las preocupantes cifras del lavado de activos en la economía nacional y se explayaron sobre la necesidad de inversiones en el campo de la seguridad, sin aterrizar casi nunca en la materia, es decir, en el texto del proyecto de ley que tenían por delante. ¿Lo leyeron? ¿Entienden lo que está en juego?

En primer plano está la cuestión de los requisitos para aplicar la extinción de dominio, un procedimiento para que el Estado asuma la propiedad de los bienes muebles o inmuebles ilegalmente adquiridos por personas implicadas en procesos de lavado de activos, narcotráfico y otros delitos de corrupción. El correísmo siempre se opuso y lo continúa haciendo. Según la ley vigente, para ejecutar la extinción de dominio se requiere de una sentencia penal ejecutoriada por cualquiera de esos delitos, lo cual retrasa el proceso indefinidamente y, en la práctica, lo vuelve inejecutable. En el proyecto de ley que se sometió al Pleno, por el contrario, basta con una investigación patrimonial y un proceso judicial civil dirigido contra los bienes. Es decir, basta con demostrar en un tribunal que la propiedad de tal casa o tal hacienda tiene un origen ilícito. Socialcristianos y correístas se oponen a eliminar el requisito de la sentencia penal ejecutoriada, pero sin mayores argumentos jurídicos.

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“El día de mañana los pillos van a demandar al Estado bajo el argumento de que se les vulneró los derechos del debido proceso. Y más aún: que se les violó los famosos derechos humanos”. Con ese argumento, el socialcristiano Jorge Álvarez, por ejemplo, aboga por mantener el requisito de la sentencia penal en la ley de extinción de dominio. Otros llegaron, a propósito de la investigación patrimonial, con propuestas simplemente incomprensibles, como la mitad o más de las que se plantean en este Pleno legislativo poblado de analfabetos funcionales: “Que se permita recuperar una tasa que fue eliminada en el gobierno de Lasso -propuso el correísta Cristhian Vega, uno de los más articulados de su bancada- que lo hacían qué cosa, por concentración las grandes telecomunicaciones, se recaudaba ese recurso, y hoy podemos con ese recurso incorporarlo para darle esas herramientas tecnológicas que den la certeza y celeridad que cuando se va a levantar la investigación patrimonial existan elementos y no sea una persecución política”. En suma: nada de nada.

Por lo demás, nada o muy poco se dijo sobre otros aspectos importantes de este cuarto proyecto de ley económica urgente del gobierno. Sobre las reformas a la ley de contratación pública, por ejemplo, que desempolvan la figura de los contratos “llave en mano” (que permiten al contratista definir las especificaciones de la obra y ejecutarla él mismo) para aplicársela a contratos en régimen especial. O esa otra que incluye en esta categoría (régimen especial) “todas las contrataciones necesarias para la seguridad” (“incluidas las consultorías”) sin especificar límite alguno para este criterio, y otorga al presidente de la República la potestad de regular como procedimientos especiales (es decir, sustraerlos de la ley de contratación) todos los contratos que él quiera. A la hora de abrir suculentas posibilidades de negocios, correístas y socialcristianos no tienen nada que decir; si se trata de facilitar la expropiación de bienes de los corruptos, se oponen.

Siempre juntos

Socialcristianos y correístas apelan a la autoridad de la Corte Constitucional para oponerse a las reformas. La decisión de ese organismo sobre las preguntas de la consulta popular que buscaban elevar la extinción de dominio a categoría constitucional, está siendo utilizada para oponerse a la eliminación del requisito de la sentencia penal para ejecutarla.

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