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CIDH declaró responsable a Ecuador por la muerte de un pescador durante un operativo militar

El Tribunal determinó que el Estado es responsable por el fallecimiento de Luis Eduardo Casierra Quiñones durante un operativo ejecutado por la Armada

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Referencia. Los delegados del alto comisionado dieron lectura a la sentencia durante la sesión virtualCORTESÍA

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró responsable al Estado ecuatoriano por el fallecimiento del Luis Eduardo Casierra Quiñonez y las lesiones causadas a dos de sus hermanos; Andrés Alejandro y Sebatián Darlin, durante un operativo antidelincuencial  ejecutado por la Armada Nacional, el pasado 8 de diciembre de 1999.

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El alto comisionado determinó que fueron "violados" los derechos  de los hermanos Casierra Quiñonez, quienes se dedicaban a la pesca artesanal y zarparon el día del suceso a bordo de la embarcación Rodach desde el puerto Prado, sobre el río Atacames. En su sentencia, la alta corte estableció que la muerte y lesiones producidas durante el operativo "fueron el resultado del uso excesivo de la fuerza letal por parte de los agentes estatales". 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) también puntualizó que, si bien los Estados tienen la obligación de garantizar la seguridad y mantener el orden público en su territorio, "el uso de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad oficiales debe estar definido por la excepcionalidad, y debe ser planeado y limitado proporcionalmente por las autoridades". 

En este caso, el comisionado concluyó que hubo disparidad de versiones en torno a lo ocurrido, como también existieron "serias limitaciones probatorias existentes, lo que fue admitido por el Estado, el que afirmó que no fue posible establecer que se hubiera efectuado disparos desde la embarcación en la que navegaban las víctimas y que no fueron encontradas armas de fuego en posesión de esta últimas". A esto se agregó que, a partir de las investigaciones efectuadas en el marco de los procesos penales ante la jurisdicción militar y ante la jurisdicción ordinaria, no se logró esclarecer lo ocurrido

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En esta sentencia, la Corte dispuso medidas de reparación y de no repetición al Estado ecuatoriano. Entre esas, la obligación de investigar el caso en un plazo razonable para determinar las circunstancias de la muerte de Luis Eduardo Casierra Quiñonez, y las lesiones producidas a sus hermanos Andrés y Sebastián, y "eventualmente sancionar a las personas responsables". También determinó, de ser necesario, brindar ayuda psicológica y soporte médico para los heridos y familiares del occiso.

Asimismo, el Estado tendrá que indemnizar por daños materiales e inmateriales a los familiares del occiso y los lesionados. Como también, deberá hacer publica el resumen oficial de la sentencia en un diario de circulación nacional e incluir las violaciones a los derechos declarados por la Corte en la placa conmemorativa instalada en Atacames.