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El gobierno deberá aprobar un nuevo decreto hoy y enviarlo a la Asamblea y a la Corte Constitucional.Archivo

Aval para nueva prórroga del estado de excepción

Expertos indican que la emisión de un nuevo decreto es legal. La Asamblea y la Corte Constitucional deberán validar la medida.

El vencimiento de los treinta días adicionales del estado de excepción decretado por el Gobierno en mayo y que concluye hoy, generó dudas sobre el futuro de las restricciones dispuestas para reducir el contagio de COVID-19 en el país.

El domingo, a través de sus redes sociales, la ministra de Gobierno, María Paula Romo, señaló que “se expedirá un nuevo Decreto de Excepción, pues efectivamente se requiere para mantener cualquier restricción de movilidad”. Pero ¿es esta medida posible?

Los expertos indican que sí. El jurista y exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia, Mauro Terán, explica que el artículo 165 de la Constitución plantea los plazos del decreto, pero no del estado de excepción. “Lo que vence es el plazo del decreto. La Constitución no estipula limitaciones a las veces que se puede declarar la excepción, justamente porque el tiempo que dura una calamidad, o una epidemia, no se puede determinar”, explicó.

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El catedrático en Derecho Constitucional, Ismael Quintana, concordó. “La ley no dice que el estado de excepción dura sesenta días y que luego solo puede haber una única renovación. Esto dependerá de si ha sido superada la causa. En este caso, la calamidad pública no ha sido superada, entonces sería irresponsable que no se decretara una nueva ampliación”, comentó.

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Durante los 91 días de cuarentena y aislamiento, el estado ha enviado tres proyectos de ley, entre otras decisiones.EXPRESO

Sin embargo, ambos coincidieron en que la declaratoria, que deberá comunicarse en un máximo de 48 horas a las entidades de control, podría ser derogada por la Asamblea Nacional y la Corte Constitucional en caso de que las entidades consideren que este es desproporcionado o innecesario.

El abogado constitucionalista, Roberto López, también señaló otro posible motivo para esto: que se limiten los derechos ciudadanos de manera desproporcionada para la situación. “El estado de excepción permite al Ejecutivo cerrar las fronteras, restringir la movilidad y la libre asociación, pero también le da facultades como decretar la recaudación anticipada de tributos y disponer de censura previa de la información. Se puede hacer, pero sería nefasto. Ahí es cuando, por el equilibrio de poderes, se puede declarar inconstitucional y derogarse”, recalcó.

No sería la primera vez. En mayo del año pasado, la Corte Constitucional aprobó el estado de excepción en el sistema penitenciario del país. Al hacerlo, no obstante, declaró como “innecesaria la suspensión del derecho a la libertad de información”.

Aislamiento con recortes

En los 91 días de cuarentena y aislamiento, que se cumplieron ayer, el Gobierno ha intentado frenar el descalabro económico y la corrupción con el envío de tres proyectos de ley a la Asamblea Nacional y la eliminación y supresión de varias entidades y empresas públicas, con lo que se espera recuperar al menos $ 700 millones en gastos. Hasta ahora 3.000 empleados del sector han sido desvinculados.