Las condiciones de seguridad bajo las cuales deben ingresar los buques -cada vez más grandes por la profundización del canal- deben ser de su competencia, manifiesta la Armada del Ecuador.

Las 3 competencias que la Armada reclama del puerto

Se necesita coadministración: Marina y otras entidades. La organización internacional auditaría el próximo año.

La Armada suelta las amarras y va en busca de algunas competencias perdidas, que de no ser resueltas, podrían significarle al país inconvenientes. Al menos eso explicaron a EXPRESO Mauricio Alvear, comandante general subrogante; Jorge Carrera, director general de Espacios Acuáticos; así como Jorge López y Pontoni Zumárraga.

El contralmirante Jorge Carrera señala las competencias estipuladas en el Código de Policía Marítima, Ley General de Puertos y otras normativas. Y son tres: salvaguardia de la vida del mar, seguridad a la navegación y prevención de la contaminación.

Una ley de navegación está en la Asamblea

Aunque al almirante Mauricio Alvear se le ha pedido realizar el análisis jurídico para recuperar las competencias que ahora las tiene el Viceministerio de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, ya hay un proyecto de ley de Navegación que circula en Asamblea Nacional.

“Lo que como Armada estamos solicitando que se aclaren las competencias, que se organicen de tal manera que facilite la coadministración marítima a todas aquellas personas que hacemos actividad en el mar”, explica por su parte Jorge Carrera. Para la Armada se debe separar la netamente con la parte comercial (a cargo de Ministerio de Transporte y el control marítimo y soberano (Armada).

Uno: certificación de naves

El capitán Jorge López resalta que Ecuador es signatario de la Organización Marítima Internacional (OMI), que rige la seguridad en el mar, de la tripulación y de los buques, que vigila que los procesos se cumplan. Primero, el convenio “Solas” data de 1912, luego del hundimiento del Titanic. Es más antiguo que la OMI. Se trata de la certificación de las naves en temas de seguridad, desde la construcción hasta el desguace de la misma y durante el trayecto de vida de esa nave, que debe ser certificada y avalada por su Estado de bandera, que lo representa la Autoridad Marítima.

Dos: protección ambiental

El otro convenio es Marpol, de protección del medio ambiente costero, una prevención por medio del equipamiento que tienen las naves y control de emisiones de gases, basura plástica y equipos para mitigar casos de contaminación. Desde el 2020 la OMI vigilará las emisiones de azufre de los buques, el combustible debe bajar de 3 % a 0,5 % las emisiones para reducción de emisión. “Marpol, lo regulamos nosotros”, dice la Armada. Por ejemplo, en el caso de las emisiones de azufre hay que bajarlas y estas se dan más cuando el barco atraca en los puertos: “ahí puede venir un problema, ¿quién ejerce la autoridad en eso, o nosotros o los puertos? Por eso se deben definir claramente las competencias. La Armada ha estado presente desde el inicio en estos temas”.

Tres: tripulación segura

El convenio STCW, también de la Organización Marítima Internacional. Este dicta normas para la gente de mar, para tripulación de las naves certificadas. Es decir, la Armada debe dictar las normas y controlar su cumplimiento. Tienen relación con la certificación de los capitanes de altura, prácticos, tripulación, regulaciones internacionales. “Si no pasamos esto no nos ponen en lista blanca y nuestros documentos pueden ser incluso, en algunos países, no aceptados, ya que se pondría en duda nuestros controles. Eso haría perder competitividad a nuestros productos”, acota Jorge López.