Convivencia en las aulas
Ministerio de Educación aclara el cambio sobre uso de celulares: ¿Están prohibidos o no?
La cartera de Estado especificó las nuevas facultades que tendrán los rectores en las unidades educativas y lo que ahora podrán sancionar

El uso de celulares en las aulas de clase está regulado en el nuevo acuerdo del Ministerio de Educación.
¿Los celulares están o no prohibidos en el ámbito educativo? Tras la emisión del Acuerdo Ministerial MINEDEC-2026-00028-A, surgieron dudas debido al cambio en la facultad de control de su uso. El Ministerio de Educación aseguró que los dispositivos móviles continúan regulados.
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“El uso de dispositivos móviles en las instituciones educativas continúa regulado bajo el Acuerdo Ministerial 2025-00015-A, priorizando la salud y el desarrollo pedagógico”, señaló la cartera de Estado en un comunicado difundido este 24 de abril de 2026.
¿Cómo se regula el uso con el nuevo acuerdo?
El Ministerio de Educación indicó que “las normativas de convivencia y disciplina han sido fortalecidas, no eliminadas”. En ese escenario, precisó que las disposiciones son las siguientes:
- En Inicial y Educación General Básica no está permitido ni recomendado.
- En Bachillerato, su uso es excepcional, estrictamente para fines académicos y siempre bajo la autorización y supervisión del docente.
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¿Cuál es el cambio?
Con el nuevo acuerdo de medidas socioeducativas y disciplinarias, según el Ministerio de Educación, se optimiza la gestión de conflictos para dar paso a soluciones efectivas. Así, las autoridades de las instituciones educativas tendrán la capacidad de actuar de forma inmediata.
El comunicado de la cartera del ramo indica: “Las autoridades educativas tienen ahora más facultades para actuar de forma inmediata”. También aclara que la modificación prevé respuestas rápidas ante faltas disciplinarias, menos trámites y más formación.
“Se refuerza la atención especializada en casos de acoso escolar o violencia. Estos procesos serán derivados con celeridad a la Junta Distrital de Resolución de Conflictos”, señala el comunicado del Ministerio de Educación.
Un aspecto a considerar es que, anteriormente, las faltas que implicaban daños a la propiedad o alteración de la paz debían ser remitidas a las Juntas Distritales de Resolución de Conflictos, un proceso que extendía la resolución de sanciones.
La nueva normativa establece que los rectores pueden sancionar directamente faltas relacionadas con el fraude académico, el daño voluntario a instalaciones y las alteraciones al orden.