
Ecuador: ¿Cómo pueden los trabajadores denunciar acoso laboral bajo nueva normativa?
La nueva normativa laboral en Ecuador establece protocolos obligatorios para prevenir y sancionar el acoso laboral
El acoso laboral ha sido una problemática recurrente en los espacios de trabajo en Ecuador. Para enfrentarla, el Ministerio de Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2025-102, que obliga a los empleadores privados a implementar protocolos internos de prevención y atención. Según la abogada experta en derecho laboral y tributario Sasha Guerrero, esta normativa busca garantizar ambientes laborales seguros, libres de violencia y discriminación, con mecanismos claros para denunciar y sancionar a los responsables.
Protocolos internos obligatorios para prevenir el acoso
El Acuerdo Ministerial MDT-2025-102 obliga a las empresas privadas a implementar un protocolo interno para prevenir la discriminación, violencia y acoso laboral. Este debe ser socializado con todo el personal y establece una política de cero tolerancia, definiendo lineamientos claros y habilitando canales físicos y electrónicos para presentar denuncias.

La abogada explica que “el empleador tiene la obligación de garantizar que no existan represalias contra el denunciante y de brindar acompañamiento legal y psicológico si es necesario. Además, debe capacitar al personal de Recursos Humanos y a los trabajadores sobre sus derechos y sobre el funcionamiento del protocolo”.
Cómo y dónde presentar una denuncia
La normativa prevé que la denuncia se realice primero dentro de la empresa, siguiendo el protocolo interno. Sin embargo, Guerrero aclara que esto no limita al trabajador, quien puede acudir directamente al Ministerio de Trabajo. La denuncia puede ser verbal o escrita, "siempre debe describir con exactitud los hechos, fechas, testigos y, de ser posible, incluir pruebas como mensajes de WhatsApp, correos electrónicos, videos o informes médicos” explica Guerrero.
El empleador está obligado a activar el protocolo interno en un plazo de 24 a 48 horas, lo que incluye tanto el procedimiento interno como la posibilidad de remitir el caso al Ministerio de Trabajo o incluso a la Fiscalía. Cuando la denuncia se presenta ante el Ministerio, este suele actuar en unos 10 días, mientras que el proceso administrativo puede extenderse entre 45 y 60 días, dependiendo de la complejidad del caso.
Sanciones y medidas de protección
Las sanciones internas dependen del reglamento de trabajo de cada empresa y pueden llegar hasta la desvinculación con visto bueno del agresor. A nivel administrativo, el Ministerio de Trabajo puede imponer multas que van desde 3 hasta 20 salarios básicos unificados (SBU), además de ordenar medidas correctivas.
Si la conducta denunciada constituye un delito, como la violencia psicológica, el caso se remite al ámbito penal y se sanciona conforme al Código Orgánico Integral Penal (COIP). Guerrero señala que la normativa también prevé garantías de protección para el trabajador denunciante, como la prohibición de despido, medidas de cambio de puesto u horario, confidencialidad absoluta, acompañamiento legal y psicológico, e incluso la implementación de botones de pánico en casos de riesgo.