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Hay nuevas reglas que deben cumplir las empresas para asegurar que sus colaboradores no son víctimas del acoso laboral.Archivo/Expreso

Nuevas reglas para protocolos de acoso laboral para la empresa privada

La nueva norma redefine quiénes deben presentar protocolos de prevención

Hay cambios en la Norma para la Prevención y Atención de todo caso de Discriminación, Violencia y Acoso Laboral en el sector privado.

El Ministerio de Trabajo precisó que, para los empleadores que mantienen entre 1 y 9 personas trabajadoras bajo relación de dependencia, no será obligatoria la presentación del Protocolo Interno de Prevención y Erradicación de la Discriminación, Violencia y Acoso Laboral.

Para los empleadores que tienen 10 o más personas trabajadoras bajo relación de dependencia, el plazo para presentar el protocolo y el Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales se extiende hasta el 31 de julio del año siguiente a su constitución.

Sin duplicar el trabajo

Los empleadores que ya hayan presentado su Protocolo Interno de Prevención y Erradicación de la Discriminación, Violencia y Acoso Laboral y el Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales, o cuyo trámite se encuentre en curso, no deberán modificarlos ni presentar nuevos documentos.

El Acuerdo Ministerial entró en vigencia el viernes 21 de noviembre de 2025. Hay sanciones para quienes incumplan la norma.

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