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Caso Herrera Espinoza y otros vs. Ecuador

El español Revelles fue el único de los cuatro que recibió la compensación económica ordenada por la Corte Interamericana’.

Una conclusión perversa del Caso Herrera Espinoza y otros vs. Ecuador, resuelto el 1 de septiembre de 2016 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es que resulta mejor desconfiar del sistema penal del Estado del Ecuador. Y, en la medida de lo posible, huir.

El martes 2 agosto de 1994 la Policía Antinarcóticos detuvo a cuatro extranjeros en el barrio La Mariscal, en Quito. Dos colombianos, un español, y el restante, francés o español. Dos de ellos, el colombiano Jorge Herrera y el francés o español Emmanuel Cano, fugaron de prisión. El primero lo hizo el 15 de diciembre de 1994, él pasó 135 días detenido. El segundo, el 12 de mayo de 1995, pasó 283 días detenido. Quedaron presos el otro colombiano, Luis Alfonso Jaramillo, y el español Eusebio Revelles.

El colombiano Jaramillo confió menos en el sistema penal del Ecuador: esa fue su gran ventaja. El 14 de junio de 1996, un juez les dictó a Jaramillo y a Revelles un auto de llamamiento a juicio plenario. Jaramillo decidió no apelar dicho auto, mientras que Revelles decidió apelarlo. Por no haber apelado, Jaramillo recibió sentencia condenatoria y, dado el tiempo que llevaba preso, salió en libertad el 4 de agosto de 1997. Pasó 1.098 días en prisión. Por haber apelado, a Revelles el trámite de su apelación lo demoró hasta el 18 de noviembre de 1997 y solo para conocer su rechazo. A estas alturas, Revelles era el último de los detenidos del operativo del 2 de agosto de 1994.

El 1 de abril de 1998, el Tribunal Segundo de lo Penal de Pichincha condenó a Revelles a 6 años de prisión como cómplice del delito de tráfico de cocaína. Por unas rebajas a su condena, Revelles salió en libertad el 4 de diciembre de 1998. Pasó en total 1.585 días detenido (casi 500 días más que Jaramillo). Confiar en las posibilidades del sistema penal ecuatoriano le pesó.

Cuando los cuatro extranjeros estaban detenidos, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu) presentó una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cuyo trámite concluyó en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Herrera Espinoza y otros vs. Ecuador. La Corte condenó al Estado del Ecuador por la detención abusiva de los cuatro extranjeros el 2 de agosto de 1994, por su tortura durante la investigación policial, por la prisión preventiva arbitraria a la que fueron sometidos y por la omisión de conducirlos de forma inmediata ante juez o autoridad competente. La Corte ordenó una compensación económica para los cuatro extranjeros.

Una vez que escaparon de las garras del Estado, ni de Herrera, ni de Cano, ni de Jaramillo se volvió a tener noticias. El español Revelles fue el único de los cuatro que recibió la compensación económica ordenada por la Corte Interamericana. La Corte ordenó que el Estado ecuatoriano le pague 80.000 dólares, más otros 10.000 dólares en razón de costas y gastos.

La ventaja de huir: dadas las condiciones carcelarias del Ecuador, creo que si a Revelles le fuera dado volver en el tiempo y fugarse de la cárcel a los 135 días (como hizo el colombiano Herrera Espinoza) o llegar a obtener una sentencia de la Corte Interamericana y 90.000 dólares, el español escogería, sin dudarlo, lo primero.