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Remplazo por muerte de candidato presidencial

Avatar del RAFAEL OYARTE

La solución a la falta de candidatos en segunda vuelta debe ser dada por la legislación

La imprevisión normativa es parte de nuestra cultura jurídica. Así, la ley solo impedía la renuncia de candidaturas, pero no preveía qué hacer en caso de una inhabilitación sobreviniente o la muerte de un candidato. En ese interín, en 1989 era asesinado en Colombia el candidato Luis Carlos Galán y en 1994 el mexicano Luis Donaldo Colosio. Nosotros no teníamos norma que regulase estos eventos.

Solo en 2009 se cubrió el vacío, aunque parcialmente: si un postulante fallece o se inhabilita, la organización política o la alianza lo puede “reemplazar con otro candidato”. Si la falta ocurre cuando las papeletas están impresas, éstas se utilizan, computándose los votos para el nuevo candidato. Esto soluciona la falta de un candidato presidencial en primera vuelta, pero no lo hace en caso de segunda vuelta y tampoco en caso de que se haya proclamado un presidente electo.

En primera vuelta no habría problemas de legitimidad, pues las organizaciones políticas son las únicas que pueden presentar candidaturas a dignidades de elección popular y, jurídicamente, la posibilidad de elegir que tiene la ciudadanía no varía si se trata del candidato primigenio o si es el remplazante. El predicamento se produce en segunda vuelta: la decisión de que alguien sea candidato es de la organización política, pero la de que alguien llegue a una segunda vuelta no lo es. Esa es una decisión del electorado y su cambio por un remplazante no votado sería harto dudosa.

En Perú dos veces faltaron los finalistas: en 1985 renunció Alfonso Barrantes y se proclamó al ganador de la primera vuelta, Alan García, mientras que en 2000 lo hizo Alejandro Toledo, pese a lo cual se realizó el ballotaje con Fujimori. En Argentina, en 2003, Néstor Kirchner fue proclamado electo ante la renuncia de Carlos Menem.

La solución a la falta de candidatos en segunda vuelta debe ser dada por la legislación y no por las volátiles razones de política partidista que se dan en cada momento. Ejemplos hay. Así, en Brasil se establece que el ballotaje se realiza con el siguiente candidato más votado, mientras que en Chile se debe convocar a una nueva elección y en Colombia se hace una distinción: si se da una incapacidad o muerte, se lo remplaza, pero si la ausencia se debe a otra causa, pasa al ballotaje la tercera mayoría relativa.