Modesto Apolo: Jornada parcial laboral juvenil
En definitiva, la mayor causa del desempleo es la rigidez y excesivo garantismo del Código Laboral
En Ecuador el desempleo juvenil supera el 70 % en personas entre 15 y 34 años. Tras la negativa al contrato por horas en la Consulta Popular, el Gobierno busca nuevas vías para flexibilizar la contratación de jóvenes, incluyendo dividir la jornada diaria en bloques.
El Ministro de Trabajo, Harold Burbano, adelantó la ruta: permitir contratos que dividan las horas diarias de trabajo.
Lo que se quiere aplicar, según el Ministro de Trabajo, “no es un contrato de trabajo por horas, sino una división de las horas de trabajo, ocho horas diarias que podrían compartirse entre las primeras horas de la mañana y las últimas horas de la noche, dándole al joven la posibilidad de que pueda estudiar y trabajar a la vez”.
Sin embargo, desde 2018 ya existe una norma que regula la jornada parcial laboral permanente, permitiendo jornadas menores a ocho horas con pago proporcional. Esto vuelve necesario analizar si una nueva reforma jurídica es o no necesaria y/o constitucionalmente viable, especialmente frente a los principios de no regresión de derechos, ni discriminación y prohibición de remuneraciones por debajo del mínimo proporcional del SBU o de las tablas sectoriales, tal como ha sido sugerido por ciertos sectores; ¿es inconstitucional?
La jornada parcial permanente está vigente y ofrece un marco de flexibilidad suficiente, sin necesidad de reformas profundas. No existe una jornada mínima diaria fija, pero sí deben respetarse la proporcionalidad salarial y la estabilidad. La propuesta de un salario juvenil inferior al proporcional del SBU es jurídicamente inviable, constituye una forma de discriminación por edad, volviéndola inconstitucional.
El camino adecuado para fomentar empleo juvenil no es reducir derechos, sino incentivar a las empresas mediante políticas económicas, laborales y tributarias que aumenten la inversión y generen más plazas laborales formales.
En definitiva, la mayor causa del desempleo es la rigidez y excesivo garantismo del Código Laboral, el cual debe ser desechado, y crear un nuevo cuerpo legal acorde a los tiempos y a un mundo globalmente competitivo.