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Jaime Antonio Rumbea | Parque Bicentenario

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En Quito, el Parque Bicentenario languidece entre la inseguridad y el abandono

En tiempos del correísmo, bajo la influencia de cierta tecnocracia internacional de filiación extrema izquierda -residente en ‘think tanks’ como el Lincoln Institute y luego reciclada en la Conferencia Hábitat de la ONU-, se instaló la narrativa de que el plusvalor económico de los bienes inmuebles provenía casi exclusivamente de la inversión pública.

Carreteras, parques, puentes: toda obra estatal era, según ellos, la fuente de la valorización, y por tanto, legítima para ser capturada fiscalmente.

De ahí nació la Ley de Plusvalía, gemela de la frustrada Ley de Herencias.

El razonamiento era simple: si el Estado ‘creaba’ el aumento de valor, podía quedarse con el 75 % de la ganancia en cada compraventa.

El 25 % restante -decían- bastaría para el propietario.

Pero cualquier cálculo serio mostraba lo contrario: ese remanente no cubría ni los costos de conservación, ni impuestos y seguros, y menos aún la reposición de un activo a valor de mercado.

En la práctica, la ley condenaba al inmueble a servir solo para el usufructo, confiscando su valor de realización.

La historia ahora ofrece un espejo irónico.

En Quito, el Parque Bicentenario -presentado en su día como un ejemplo de cómo la obra pública dinamiza la economía- languidece entre la inseguridad y el abandono.

Planificado en los años en que se cocinaba la tesis confiscatoria, hoy evidencia que ni ruido, ni bulla, ni ‘allure’ estatista garantizan éxito económico.

Que las paradas del Metro garantizarían plusvalía que el Municipio y el Estado habrían de capturar, y que la amplitud del parque permitiría construir más densidad en altura, generando plusvalor para el propietario, justificaba que se cobren más impuestos o se actualicen al alza los avalúos: prueba, son hoy, de injustificada exacción.

Cientos de elefantes blancos han desbalanceado todavía más las consecuencias desfavorables de las atribuladas políticas fiscales sobre el principal patrimonio privado: el inmueble.