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Francisco Rosales Ramos: Reformas constitucionales

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Montecristi y Carondelet inventaron tres vías para reformar la Constitución. La voluntad del soberano queda de lado

Lo que requiere el país es echar al canasto la Constitución de 2008 y sustituirla por una moderna, democrática, liberal y coherente, que facilite el desarrollo y que sea escrita por ecuatorianos y no extremistas españoles.

Pero “lo perfecto es enemigo de lo bueno”, según frase atribuida a Voltaire. Por tanto, habrá que optar por lo posible, vista la absurda rigidez de la actual y los riesgos de una asamblea constituyente.

Montecristi y Carondelet inventaron tres vías para reformar la Constitución, según su profundidad: enmiendas, reforma parcial y asamblea. Y la Corte Constitucional, que parece vivir en una nube rosada, debe decidir la alternativa aplicable a cada caso. La voluntad del soberano queda de lado.

Para derogar la actual constitución se requiere asamblea, lo cual implica tres elecciones o referendos con un enorme costo económico y político, y no menos de dos años de incertidumbre. Y el mayor riesgo: la RC irá a la elección de asambleístas con una sola lista y los demás sectores políticos con tantas listas como grupos, con lo cual RC podría controlar la asamblea.

Reformas mínimas: eliminar la acción extraordinaria de protección que anula la institución de ‘cosa juzgada’. Eliminar la muerte cruzada que es propia del parlamentarismo o, al menos, determinar que los elegidos como consecuencia de ella serán para un período completo. 

Modificar la integración del Consejo de la Judicatura y limitar sus funciones a asuntos administrativos. La Corte Nacional (ojalá Suprema) será quien designe a los miembros de las cortes superiores, sancione a los jueces y llene las vacantes que se produzcan en la propia corte. 

Eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y también las Funciones de Transparencia y Control Social y Electoral para mantener las tres clásicas: legislativa, ejecutiva y judicial. Admitir sin restricciones la inversión privada en sectores estratégicos y no solamente “en casos excepcionales” y prever el arbitraje internacional para la resolución de conflictos.