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¡Reclusos a la Asamblea!

Avatar del Eduardo Carmigniani

"¿Admite esa norma una (segunda) lectura más laxa, para enchufar en el privilegio a quien, estando ya procesado y preso, se presenta como candidato...?"

Para evitar persecuciones -promovidas por gobiernos autoritarios- en contra de quienes se presentan a elecciones, las leyes suelen establecer ciertas inmunidades en favor de estos, a efectos de que, desde que inscriben sus candidaturas, no sean hostigados con procesamientos o detenciones por causas creadas con dedicatoria para torpedear sus campañas.

Esa es la línea que sigue el Código de la Democracia, cuando dice que “Las candidatas y candidatos no podrán ser privados de la libertad ni procesados penalmente desde el momento de la calificación hasta la proclamación de resultados ni enjuiciados, salvo los casos de delito flagrante, delitos sexuales, violencia de género e intrafamiliar” (art. 108).

Es muy claro el texto: desde que el organismo estatal que dirige las elecciones admite a alguien como candidato (“calificación de la candidatura”), no se lo puede procesar penalmente, ni privar de la libertad, salvo que se trate de los delitos exceptuados en esa misma norma.

¿Admite esa norma una (segunda) lectura más laxa, para enchufar en el privilegio a quien, estando ya procesado y preso, se presenta como candidato, para argumentar que debe ser liberado durante el proceso electoral? Ni estirándola como chicle en verdad.

Primero, porque semejante zoquetada requeriría que el texto dijese, no que los candidatos “no podrán ser privados de la libertad... ...desde el momento de la calificación”, sino algo como que los candidatos no podrán ser “mantenidos” en prisión preventiva hasta la proclamación de resultados. Y segundo, porque la tal zoquetada tendría entonces que entenderse como nueva causal de revocatoria de la prisión preventiva (ordenada antes de la calificación de la candidatura), que no está prevista como tal en el Código Integral Penal (art. 535), ley que prevalece por ser 5 años posterior al Código de la Democracia, y por ser especial sobre la prisión preventiva y sus causas de revocatoria.

Agrego un tercer motivo. Si esto llegase a pasar, el paisito será pionero descongestionando cárceles. Trasladará -masivamente- reclusos a la Asamblea.