El apuro trae cansancio

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¿Se allanó entonces la Asamblea a la objeción? No, pues ninguna moción de allanamiento hubo ni se votó.

¿A quién puede habérsele ocurrido que el reciente proyecto tributario puede ir ya al Registro Oficial a publicarse como si de una ley se tratase, si su trámite no ha concluido? Certeza sobre el autor intelectual de semejante esperpento no tengo (indicios sí, no certeza), pero más allá de eso lo importante es que cualquier publicación sería patentemente inconstitucional y así tendría que ser declarado, a demanda de cualquier interesado.

El tema no requiere de mayores disquisiciones jurídicas. El 14 de diciembre el presidente Moreno envió 13 objeciones al texto aprobado por la Asamblea. La Constitución (art. 138) da dos opciones al Legislativo: o se allana “con el voto favorable de la mayoría de asistentes a la sesión”; o ratifica el texto original “con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros”. Para lo uno o lo otro tiene 30 días. Si no lo hace se entiende que se ha allanado. Es evidente, pues, que el allanamiento tácito requiere que transcurran tales 30 días.

Según información oficial de la Asamblea, el tema se dividió en tres bloques. Hubo lo necesario para allanarse a 11 objeciones y para rechazar 1 (ratificando el texto original). El problema estuvo en el tercer bloque, el de la objeción IX (que intenta “aclarar” que el superincentivo para la inversión foránea -consistente en gravar con Impuesto a la Renta los dividendos a accionistas extranjeros, cuando tal tributo no existe para los accionistas que son sociedades locales- entraría en vigencia apenas se publique la ley).

¿Cuál es el problema? Pues que la moción para ratificarse en el texto original, que no contenía la susodicha “aclaración”, no tuvo el voto favorable de las dos terceras partes de los asambleístas. ¿Se allanó entonces la Asamblea a la objeción? No, pues ninguna moción de allanamiento hubo ni se votó. ¿Hay, hoy, entonces, allanamiento tácito, que permita publicar el texto como ley en el Registro Oficial? Tampoco, pues no han pasado 30 días contados desde el 14 de diciembre.

“El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración” (Couture).