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Mejor no me invite, compadre

Ampliar la oferta de crédito incentivando que actores externos entren al mercado ecuatoriano y lo agiten, compitiendo. Pero, como dicen, el diablo está en los detalles’.

El asambleísta Darwin Pereira Chamba (El Oro, Pachakutik), presentó un proyecto de ley “de justicia financiera y apertura a la banca extranjera”. Llamativa la segunda parte del nombrecito. Y más llamativo que empiece pidiendo que la Junta de Regulación Financiera tenga la potestad de “Generar políticas públicas que permitan... ...la constitución o establecimiento de instituciones financieras del exterior o la inversión de capital extranjero en el sistema financiero ecuatoriano”, a más de “Promover la participación de entidades financieras internacionales de primer nivel, en igualdad de condiciones que las que rigen a las entidades nacionales, con el propósito de ampliar la oferta de crédito... ....facilitando la competencia y oferta de financiamiento, con el propósito de contribuir a bajar las tasas de interés activas y el costo del dinero en general, en beneficio del sector productivo nacional”.

Mejor expuesto, imposible. Ampliar la oferta de crédito incentivando que actores externos entren al mercado ecuatoriano y lo agiten, compitiendo. Pero, como dicen, el diablo está en los detalles. Y en el proyecto hay algunos nefastos. Veamos.

Primero, contrariando el discurso de que la invitación a la banca extranjera debe ser “en igualdad de condiciones que las que rigen a las entidades nacionales”, se propone que a aquellas se las obligue a reinvertir, durante sus primeros cinco años de operación, todas las utilidades que obtengan en el país (art. 11). Si pasase semejante bodrio, la “invitación” ecuatoriana iría a parar al tacho de basura.

Segundo, se pretende dirigir el destino de la inversión. Que el 80 % vaya a “créditos en cualquiera de los segmentos” y que obligatoriamente el otro 20 % sea usado como banca de segundo piso, entregando una parte a la banca pública (5 %) y el resto (15 %) a las cooperativas de los segmentos 3, 4 y 5 (art. 12).

Tercero (aplicable a toda la banca): que la Superintendencia pueda impedir que un solo banco tenga más del 10 % de los activos del sistema (así sean adquiridos en buena lid) (art. 6).

Adefesiosa invitación.