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Diana Acosta-Feldman: Mejor tarde que nunca

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Cabe recordarle a la Corte que continúa vigente el Contrato Productivo a plazo fijo

¡Al fin! Un lustro después, la Corte Constitucional se pronunció sobre las inconstitucionalidades de la Ley de Apoyo Humanitario, que permitía despidos unilaterales, precarización laboral y regresión de derechos intangibles. Mejor tarde que nunca.

La sentencia 49-20-IN/25 declaró inconstitucional varios artículos, entre ellos el que permitía un “supuesto acuerdo” para bajar el sueldo a los trabajadores, modificar condiciones laborales, reducir la jornada de trabajo, que los empleadores notifiquen unilateralmente el cronograma de vacaciones; la obligatoriedad de suscribir acuerdos que modifiquen condiciones contractuales y el despido unilateral del empleador sin derecho a indemnización, pues todo aquello es contrario a los principios de irrenunciabilidad e intangibilidad de los derechos laborales.

También se declaró inconstitucional a los contratos emergentes, porque vulneran el principio de no regresividad de derechos y de estabilidad laboral, pues “reintroduce la modalidad contractual a plazo fijo”, y aquello vulnera el principio de igualdad, porque sus condiciones resultan discriminatorias en relación con los demás trabajadores, así como también violan el derecho a la seguridad jurídica.

Estos inconstitucionales contratos a plazo fijo eran la clara expresión de la precarización laboral y regresión de derechos a través de la “flexibilización laboral”.

Cabe recordarle a la Corte que continúa vigente el Contrato Productivo a plazo fijo, creado mediante Acuerdo Ministerial MDT-2020-220, el cual fundamenta su vigencia en el inconstitucional contrato emergente de Ley de Apoyo Humanitario.

Si el contrato emergente fue declarado inconstitucional por ser a plazo fijo y vulnerar el derecho a la estabilidad laboral, constituye una aberración jurídica que el Contrato Productivo, creado con base en el precitado acuerdo ministerial, siga vigente.

Esperemos que los nuevos integrantes de la Corte coadyuven en la celeridad y expulsen del ordenamiento jurídico todos estos contratos precarios que continúan vigentes, afectando derechos laborales intangibles.