El Cpccs está para impulsar, garantizar y fortalecer la participación ciudadana

El derecho a participación ciudadana establecido en los arts. 1, 61, 95, 204, 208 de la Constitución garantiza el derecho de los ecuatorianos a ser parte protagónica en la toma de decisiones sobre todos los asuntos de interés público. El gobierno nacional, los GAD y demás instituciones del Estado deben facilitar obligatoriamente mecanismos para escuchar a la gente y tomar en cuenta sus planteamientos y necesidades en la elaboración de políticas públicas, priorización de obra pública, realización de leyes, decretos, acuerdos, ordenanzas, etc. Los mecanismos para la participación social que las instituciones del Estado deben implementar y mejorar son: audiencias públicas, consejos consultivos, asambleas, cabildos populares, rendición de cuentas, veedurías, observatorios, comités de usuarios, silla vacía, mingas, etc. La clave es facilitar un proceso real de toma de decisiones conjunta entre autoridades y sociedad civil para solucionar los problemas de la comunidad y mejorar la gobernabilidad. La participación ciudadana es incompatible con el autoritarismo, represión, diálogo de oídos sordos, mera socialización o imposición de medidas que afecten a la mayoría; supone una construcción democrática de decisiones colectivas para mejorar las condiciones de vida, garantizando los derechos humanos. Es una herramienta que debe ir ligada al fortalecimiento de organizaciones sociales y empoderamiento de las personas para que conozcan sus derechos, exijan, propongan y luchen por reivindicaciones. Es asesoría gratuita para que las autoridades aterricen a la realidad concreta y resuelvan de mejor manera las demandas de millones de ecuatorianos.

David Rosero