Cartas de lectores: Hay que extirpar las leyes correístas
Se debe elaborar una amplia reforma a esa Constitución obsoleta y perniciosa, así como derogar otras leyes correístas
La Constitución de Montecristi expedida en 2008 resultó un extenso mamotreto jurídico legal, diseñado por operadores de esa pandilla politiquera mafiosa que tiene el nombre de Foro de Sao Paulo, la misma que creo esa organización criminal, disfrazada de políticas de izquierda, que se conoce como socialismo del siglo XXI, modelo constitucional que fue elaborado y expedido al inicio en Venezuela, cuando gobernaba el sátrapa de Chávez, y que luego fue replicada en Bolivia y en Ecuador con normas y disposiciones similares, que facilitaron un hiperpresidencialismo, con una concentración autoritaria, y el control de todos los poderes del Estado por parte del presidente o caudillo de turno, con el consiguiente perjuicio a la sociedad.
Por eso es imprescindible elaborar una amplia reforma a esa Constitución obsoleta y perniciosa, así como derogar otras leyes correístas de menor jerarquía, que han ocasionado un grave daño social. Las reformas o enmiendas a la Constitución Política, sea a través de la Asamblea o mediante consulta popular serían, entre otras, las siguientes: suprimir la facultad que tiene el Cpccs de nombrar a las autoridades de control, de las funciones o poderes del Estado.
Eliminar el mal denominado garantismo penal, a fin de que los delincuentes no sean protegidos y considerados como víctimas sociales, sino como victimarios, y sean juzgados y sentenciados con severidad. Propender a la igualdad ante la ley de todas las personas y no dar privilegios por condiciones de género o raza.
Reformar normas legales laborales anacrónicas para facilitar el empleo y restringir prerrogativas a la dirigencia sindical. Reformas al Código de la Democracia, a fin de reducir significativamente el número de candidatos presidenciales, así como los integrantes de la Asamblea.
Prohibir la participación política y candidaturas a personas que han sido enjuiciadas penalmente o que tengan glosas en Contraloría. No conceder la libertad a las personas que tengan sentencias ejecutoriadas por delitos de corrupción pública, mientras no hayan reintegrado al Estado el dinero público mal habido.
Manuel Yépez Andrade