Cartas de lectores: La castración química en el Ecuador

Castración química obligatoria enfrenta límites constitucionales y jurídicos; se requiere reforma y dictamen previo

La castración química como sanción obligatoria para violadores en el COIP no es viable sin una reforma constitucional rigurosa. El proyecto enfrenta obstáculos jurídicos por afectar derechos fundamentales y contravenir estándares internacionales. Se requiere respaldo científico sólido y un enfoque integral del delito, no como una medida punitiva aislada. Actualmente, el COIP no contempla la castración química como sanción para delitos sexuales

Las penas se centran en reclusión y medidas de seguridad (inhabilitaciones, tratamientos). Para incluirla sería necesario reformar varias disposiciones: Principio de legalidad penal (art. 76 COIP): las penas deben estar expresamente previstas. Derecho a condiciones dignas y prohibición de tratos crueles (art. 66.5 Constitución). La castración química, aunque no quirúrgica, requeriría legitimación constitucional previa. Jurisprudencia de la Corte Constitucional: 

a) Dictamen previo: el proyecto enviado el 11 de julio de 2025 requiere dictamen conforme al art. 442 de la Constitución para avanzar en el Legislativo. 

b) Protección de integridad y dignidad: en el Dictamen 8-24RC/24, la Corte indicó que toda medida que afecte derechos fundamentales debe estar debidamente justificada. 

c) Derechos sexuales y reproductivos: en casos como 0318PJOCC y 1318CN/21, la Corte ha defendido la integridad sexual y el derecho a decidir sobre la sexualidad, incluso en contextos penales. 

d) Régimen de libertades: en diciembre de 2023 se ratificó que las restricciones a libertades para los condenados por delitos graves son válidas siempre que se ajusten a principios de proporcionalidad y seguridad jurídica. Barreras judiciales clave: reforma constitucional previa. Sin dictamen favorable, no puede continuar. 

Trato cruel: podría considerarse inconstitucional. Proporcionalidad: requiere justificación científica, objetivo legítimo y proporcionalidad. Jurisprudencia restrictiva: la Corte limita las intervenciones que afecten la integridad corporal o la rehabilitación.

Conclusión: incluir la castración química en el COIP exige una reforma constitucional aprobada por la Corte. La jurisprudencia prioriza derechos como la integridad física y sexual, la dignidad y la rehabilitación. Como está planteada, la sanción enfrentará objeciones constitucionales y también por estándares internacionales.

Elio Roberto Ortega Icaza