Cartas de lectores: Abuso de las medidas sustitutivas en el COIP

El abuso del derecho es un problema jurídico social en todos los campos del sistema normativo

Un grupo de juristas españoles que cooperaron en la elaboración de la nueva constitución venezolana fueron enviados a Ecuador para participar en la construcción de la Constitución de 2008, la cual constitucionalizó todo el derecho interno y el convencional, produciendo una verdadera revolución jurídica y judicial. 

Este proceso de transculturación constitucional obedece a que todas las naciones latinoamericanas vayan en el orden del tren del absolutismo totalitario y principios como la mínima intervención penal; de última ratio; humanidad de las penas, facilitando acciones de protección, ‘habeas corpus’ y medidas cautelares. 

A los ‘juristas’ españoles se les olvidó que Ecuador es miembro de la Carta Democrática Interamericana, aprobada por la OEA, que promociona los principios y prácticas democráticas que fortalecen la cultura democrática. En agosto de 2014 entró en vigencia un nuevo texto penal, denominado Código Orgánico Integral Penal, experimento del populismo penal, que por su carácter garantista ha debilitado la institucionalidad y los principios democráticos, fortaleciendo a bandas criminales y al totalitarismo, con puertas giratorias en las cárceles. 

“El abuso del derecho surge cuando en el ejercicio de un derecho subjetivo se produce una alteración en el equilibrio que debe existir entre el interés social de que sean respetados los derechos individuales y los restantes intereses que a la sociedad como entidad orgánica cumple realizar” (Lino Rodríguez Arias). 

El abuso del derecho es un problema jurídico social en todos los campos del sistema normativo; pero en el que más se ha hecho notar es en el penal, promovido por diversas causas como la debilidad o confusión de la ley a consecuencia de su oscuridad o vacíos; la malicia o corrupción de los sujetos de la relación jurídica con que ejercen su derecho; la indiferencia o participación irracional de los operadores de la ley; todo ello conduce a daños irreparables para la administración de justicia. 

El 28 de febrero de 2024 la Corte Constitucional, con sentencia 12-23- JC-24, administrando justicia constitucional revocó sentencias que aceptaron medidas cautelares de forma irregular, vulnerando la ley y los procedimientos legales.

Franklin Salazar Savinovich