
Puentes que unen a Guayaquil con Samborondón y Daule alertan prohibición de camiones
Vehiculos pesados no podrán circular por estos puentes desde el 2 de febrero, indica la ATM. Conoce las rutas afectadas
La Autoridad de Tránsito y Movilidad (ATM) anunció la ampliación del período de socialización de la restricción que limita la circulación de transporte pesado en los puentes que conectan a Guayaquil con Samborondón y Daule.
La medida, que regirá plenamente desde el 2 de febrero, busca que los conductores conozcan con claridad el alcance de la disposición antes del inicio de las sanciones.
Según la entidad, la prohibición aplica a vehículos cuyo peso supere las 3,5 toneladas y se mantendrá vigente las 24 horas del día. El plazo informativo se extenderá hasta el 1 de febrero con el objetivo de reforzar la difusión de la normativa y evitar infracciones por desconocimiento.
Los puentes que serán afectados desde el 2 de febrero
La restricción alcanza a los puentes que conectan a Guayaquil con Samborondón (Guasamda) y con Daule (sector La Joya).
Estas estructuras, de acuerdo con las autoridades, no fueron diseñadas para soportar el tránsito constante de unidades de gran tonelaje.
Desde la ATM se explicó que la decisión apunta a mejorar el orden vial, reducir riesgos de accidentes y preservar el estado de infraestructuras estratégicas para la movilidad urbana y periurbana.
En los accesos a los puentes ya se han colocado señales visibles que advierten sobre la limitación de peso permitida.
Como alternativa, los conductores de transporte pesado deberán utilizar el Puente Vicente Rocafuerte, corredor habilitado para este tipo de vehículos, que conecta la avenida Francisco de Orellana con la estatal E40, en la avenida León Febres Cordero–Daule, y con la E486, vía a Samborondón.
La ATM advirtió que, una vez concluido el período de socialización, se aplicarán las sanciones previstas en la normativa vigente. A partir del 2 de febrero, quienes incumplan la restricción enfrentarán una multa equivalente al 10 % de un Salario Básico Unificado, conforme a lo dispuesto en el Código Orgánico Integral Penal.