ofertas falsas guayas
Referencial. Hay quejas que en contratos no se detallan los valores a cancelar, los cuales aparecen después.Miguel Canales

Ofertas ‘trampa’: del deseo al desengaño

Aumentan las denuncias de compras programadas que generan deudas. Van 66 casos en Guayas, alerta la Defensoría

Cecilia (nombre protegido) contrató a inicios de este año un paquete de vacaciones prepagadas que, en lugar de dibujarle una sonrisa en el rostro, se convirtió en una angustia. Afirma que el primer débito a su tarjeta fue de 1.500 dólares, pero pronto detectó otros cobros en su cuenta que le generaron preocupación y asombro.

“Pagué dos o tres letras y me dijeron que no podía usar el servicio hasta pasados entre seis meses y un año del contrato. Se me hizo difícil pagar, pedí la anulación, pero me dijeron que no. Ahora me preocupa una deuda de 3.200 dólares por un servicio que nunca recibí”, cuenta, no sin ironizar que, con ese dinero, podría haberse comprado un carro usado.

Posteriormente, en febrero, hubo un encuentro entre Cecilia y la empresa, que finalmente accedió a devolverle 830 dólares, pero el trámite tomó 60 días. Fue el acuerdo entre ambas partes y el caso quedó archivado.

Un viacrucis similar vivió Carlos, un pensionista guayaquileño de 79 años. El pasado 4 de junio adquirió un equipo en una conocida operadora de telefonía y, menos de un mes después, presentó un reclamo por cargos adicionales que, asegura, nunca le informaron al momento de la compra.

“He pagado 302 dólares, pero ahora resulta que debo cancelar valores adicionales de los cuales no estoy de acuerdo. No me indicaron que debía pagar valores adicionales por esta empresa; no fue clara en la información que me proporcionaron. La empresa me ha debitado 15,52 dólares, luego 5,63 y 4,13, siendo un total de 327 dólares”, afirma.

Compras programadas: crecen las denuncias por publicidad engañosa en Guayas

Ambos casos han llegado a las oficinas de la Defensoría del Pueblo en Guayaquil y, según su delegado provincial, Gonzalo Ortega, estas denuncias se han vuelto cada vez más frecuentes, no solo en la ciudad, sino en toda la provincia del Guayas.

“Se trata de compras programadas, un sistema en el que el usuario paga por adelantado para obtener, en el futuro, un carro, una casa, un viaje o un crédito. El problema es que hay mucha publicidad engañosa: te hacen firmar algo distinto a lo que ofrecen y las condiciones cambian sin que la gente lo sepa”, advierte Ortega en un reciente diálogo con EXPRESO, al revelar que, además, persisten las quejas en torno a las planillas de servicios básicos.

demanda daule

"Es una victoria”: Defensoría del Pueblo tras sentencia por cortes de agua en Daule

Leer más

Según el Sistema de Gestión Defensorial, en la Delegación del Guayas se han recibido 43 casos en 2024, pero en este 2025 (que aún no termina) ya se registran 66 casos de compras programadas desde enero hasta la fecha. En su mayoría, obedecen a planes de compras programadas y al incumplimiento en la entrega del bien en el tiempo estipulado. Algunos casos se han resuelto mediante acuerdos o devoluciones, pero en otros, las empresas están en proceso de liquidación, lo que, reconoce, complica el reclamo.

El funcionario insiste en la prevención. “No firmen de inmediato. No es obligación. Asesórense primero y, de ser necesario, acudan a la Defensoría con el contrato en mano”.

Respuesta de la Superintendencia de Competencia Económica 

EXPRESO se contactó con la Superintendencia de Competencia Económica (SCE) para conocer qué competencias tiene para actuar frente a casos de publicidad engañosa o cláusulas abusivas en contratos de consumo. Según la entidad, de acuerdo con la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM), tiene facultad para prevenir, investigar, corregir, sancionar y eliminar conductas que atenten contra la competencia y los derechos de los consumidores.

“La SCE puede actuar de oficio o por denuncia, sustanciando un procedimiento administrativo sancionador con base en su potestad de control, vigilancia y sanción (arts. 38 núm. 2 LORCPM)”, detalló.

En torno a qué sanciones se pueden aplicar a las empresas que engañan a los consumidores con condiciones que no se cumplen, explicó que la Ley establece un régimen sancionador escalonado según el tipo y la gravedad de la infracción (arts. 78 y 79 LORCPM): infracciones muy graves, multas de hasta el 12 % del volumen de negocios total del operador económico infractor en el ejercicio fiscal anterior; infracciones graves, multas de hasta el 10 %; e infracciones leves, multas de hasta el 8 %.

Sin embargo, pueden imponerse medidas correctivas tales como la orden de cese inmediato de la conducta, la modificación o eliminación de cláusulas contractuales abusivas o la publicación de rectificaciones en la misma vía en que se difundió la publicidad engañosa.

“En los casos vinculados a publicidad engañosa o incumplimiento de condiciones en compras programadas, la SCE también puede ordenar medidas preventivas durante la investigación para evitar que se sigan captando consumidores bajo condiciones engañosas”, precisó en un correo.

¿La normativa es suficiente?

Sobre si la Superintendencia de Competencia Económica considera suficiente la normativa actual para prevenir abusos en compras programadas, la entidad indicó que cuenta con diversas herramientas establecidas en la Ley para intervenir y sancionar los actos anticompetitivos que generen afectaciones masivas, los cuales pueden derivarse de abusos de poder, acuerdos entre operadores y prácticas desleales.

Si quieres seguir leyendo contenido de calidad, no olvides suscribirte aquí.