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Violencia en la web: una selva inexplorada legalmente

Lo dijo Jennifer Lawrence, actriz mejor pagada durante 2015 y 2016; y que en 2017, vio cómo sus fotos desnudas de antaño, destinadas a una de sus exparejas, fueron expuestas en la web: “no es un escándalo, es un delito sexual”.

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Lo dijo Jennifer Lawrence, quien ocupó el título de la actriz mejor pagada durante 2015 y 2016; y que en 2017, vio cómo sus fotos desnudas de antaño, destinadas a una de sus exparejas, fueron expuestas en la web por una red de hackers dentro de la página 4chan. Ella dijo, en una entrevista a Vanity Fair, que “no era un escándalo, era un delito sexual”.

Sus palabras textuales fueron: “es una violación sexual. Es asqueroso. La ley necesita ser cambiada y nosotros tenemos que cambiar”. Y quizá Rihanna, Kate Upton, Selena Gómez, Kim Kardashian, Cara Delevingne o demás celebridades, que también fueron expuestas sin su consentimiento, le dieron un gran amén a esas palabras.

Ana Palacios (nombre protegido), una modelo reconocida dentro de Quito y resto de ciudades del país, también vivió algo parecido. Durante una fiesta conoció a un chico extranjero, alto y de dentadura perfecta que la flechó desde que se saludaron. Entre el gusto mutuo y conversaciones coquetas, terminaron estableciendo una relación y para cuando él tuvo que partir a España por trabajo, ella fue tras él.

La relación, como con la mayoría le dio paso a los malos entendidos y terminó en pésimas condiciones. Él, en desquite, creo una cuenta de Instagram, siguió a todos los conocidos y familiares de Ana y publicó todas las fotos desnudas que ella le pasó cuando el amor y el deseo era el símbolo de su relación. Esto se conoce como “porno de venganza”.

Enloqueció, jura que quería morirse y que no podía ver la cara de sus padres sin sentir un profundo asco. Luego miro desde otra perspectiva el asunto, algo como “ya, está hecho, no puedo hacer nada pero si asumirlo con la cabeza en alto, pues no es mi culpa”. Y así fue, denunció el caso a las autoridades aunque lo único que pudo conseguir es la eliminación del perfil.

Lo que Ana vivió, además, se conoce, en su definición legal más básica, como acecho cibernético. Danielle Citron, catedrática estadounidense de la universidad de Maryland y autora de Hate Crimes in Cyberspace (Crímenes de odio en el ciberespacio), lo describe dentro de las páginas de su libro como “una conducta repetitiva que está enfocada en causar angustia emocional y temor a ser víctima de daños físicos”.

El acoso, que desencadena la violencia, en Internet pueden incluir desde amenazas violentas, a veces de carácter sexual como el “porno de venganza”, hasta la propagación de mentiras afirmadas como hechos (como que una persona tiene alguna enfermedad de transmisión sexual incurable, antecedentes penales o es un depredador sexual), publicar información confidencial en línea (desde fotos, con o sin ropa, información bancaria o números de seguridad social) y ataques tecnológicos (como el hackeo y cierre deliberado de una cuenta ajena), de acuerdo a Citron.

A veces, en episodios de completo desafortunado, puede ser una combinación de todas ellas, o como se lo denomina ahora: una shitstorm.

En la actualidad, hay un puñado de maneras en que las víctimas pueden enfrentarse a estos ataques a través del sistema legal, tanto civil como penalmente, que son los dos campos judiciales donde suele recaer la responsabilidad de estas denuncias.

“El campo penal se busca, con pruebas en mano, cuando la intención mayor es sancionar el delito con prisión; lo civil, se busca cuando se quiere reparar a la víctima con indemnizaciones sin enviarlo a prisión necesariamente”, esclarece la abogada en derecho civil, Shirley Campoverde.

En la provincia del Guayas y durante 2018, se documentaron 102 casos, de los cuales 91 pertenecen a Guayaquil, de acuerdo a la Fiscalía General del Estado.

Las víctimas de este tipo de ataques también pueden demandarlos desde otra figura judicial conocida como daño a la moral, que poco tiene que ver con la convención social de dicho término sino con el daño personal a alguien. Allí, las víctimas pueden reclamar los delitos de difamación, infligir intencionalmente la angustia emocional, el hostigamiento y la divulgación pública de hechos privados.

Desafortunadamente, muchos de estos procesos judiciales son costosos, invasivos, largos y combinados con la falta de educación y precedentes, estos canales no siempre ofrecen la justicia que buscan las personas. Julio César Cueva, abogado penalista que maneja un caso similar, afirma que la máxima dificultad que enfrentan las víctimas y razón de que queden en la impunidad es la dificultad para conseguir las pruebas de culpabilidad.

“Supongamos que el agresor publica estas fotos desde un caber al otro lado de la ciudad o incluso, otra provincia distinta de donde reside. No hay registros de quienes usan las computadoras y en algunos locales ni siquiera hay cámaras de seguridad”. Explica. “Es difícil, muchos dejan de intentarlo o ni siquiera lo intentan porque es costoso y hay un desgaste emocional en ver a la víctima salirse con la suya solo porque no hay manera de probar que fue él quien subió sin consentimiento ese material”.

La ley es notoriamente lenta en adaptarse a la tecnología, pero los estudiosos legales manifiestan que, si evoluciona correctamente, podría usarse como una herramienta para detener este comportamiento.

Harry Garzón (nombre protegido), es un estudiante universitario de Guayaquil que tiene cierto poder de influencia en las redes sociales, “o al menos dentro de mi círculo social”. Él también fue blanco de los ataques anónimos en la web. Una cuenta de Instagram, que en principio parecía tener relación directa con la Universidad Casa Grande por el nombre (@confesionesucg), pero que las autoridades de la institución desmantelaron y rechazaron al enterarse de su existencia, publicó un vídeo donde aparecía practicando sexo oral.

El carácter de Harry está inundado de despreocupación y cinismo, “por eso no me importaba tanto que lo hayan visto, pero hubiese preferido que no pase”. No lo denunció a la policía ni presentó una denuncia porque “iban a juzgarme, no iba a ser de gran ayuda y de paso harían mas grande el problema sin solucionarlo”. El creador de Confesiones UCG aún está impune.

Por eso, la pregunta: “¿por qué no fue a la policía?”, es ingenua y, a veces, insensible. Porque ignora lo que las autoridades pueden hacer por las víctimas.

Otro ejemplo de ello es el caso de la blogger feminista Rebecca Watson, quien debido a sus escritos sobre sexualidad recibe constantemente amenazas de muerte. Tal com lo expuso en su ensayo “¿Por qué las mujeres no son bienvenidas a la web?”. Después de una serie de investigaciones, dio con el paradero y nombre de su agresor digital, que estaba a tres horas en auto de su casa. Llamó al FBI, pero luego de una preguntas iniciales, dijo que las autoridades parecían no darle la importancia debida. “La primera vez que presente un informe sobre un hombre que amenazaba con matarme, el oficial de policía me preguntó: ¿Por qué alguien se molestaría en hacerle algo así?, ahí decidí no denunciar nada”, puntualizó.

La premisa de que los acosadores y abusadores en línea pueden operar de manera segura, bajo el supuesto de que nunca serán capturados ni juzgados, es el primer paso para revisar las leyes que recaen en la realidad virtual. Especialmente cuando esa realidad abraza cada vez más el plano terrenal. Internet, ahora y también, puede ser otro callejón en el que las personas deben caminar más rápido. Solo que las calles, al menos, tienen leyes más claras para reparar a quién es violentado.

¿Qué hacer si le pasa?

Sin el apoyo de la policía, y frente a las leyes confusas, ¿qué deben hacer las personas que enfrentan el acoso en línea? En el libro de Citron hay algunas medidas iniciales que las víctimas pueden tomar. Primero, comuníqueselo a las autoridades pertinentes e indíquele a su acosador que deje de comunicarse con usted. Luego, deje de responder los mensajes y aunque es tentador eliminarlos, es mejor guardarlos y documentarlos, tanto dentro de la aplicación o sistema en que se enviaron los mensajes, como con capturas de pantalla en caso de que el victimario intente eliminarlos por su cuenta. Por último, infórmele a la compañía proveedora del servicio sobre la situación. Aunque pueden no ser útiles, el libro sugiere realizar estas acciones “para marcar precedentes”.

Cuando el delito se convierte en prueba

Cuando a lo violento de estas interacciones dentro de la red se suma el hecho de que la víctima es menor de edad, las consecuencias se duplican. “Tomemos un ejemplo”, inicia el doctor Cueva. “Si publicas una foto íntima de una menor automáticamente se convierte en pornografía infantil y esta penado por el Código Orgánico Integral Penal, artículo 103”. No es tan solo un agravante, sino que las fotos, en este caso que ya tiene un delito mayor, sería la prueba más que el delito.

La ley dice

El artículo 178 del COIP, en la sección contra delitos que atentan al derecho a la intimidad personal y familiar, manifiesta que “la persona que, sin contar con el consentimiento o la autorización legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de datos, voz, audio y vídeo, objetos postales, información contenida en soportes informáticos, comunicaciones privadas o reservadas de otra persona por cualquier medio, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”. Conocer sus derechos, es el primer gran paso al reclamo judicial.

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