CPCCS-RENOVACION-CNE
El concurso se encontraba en la etapa de recalificación de méritos cuando fue suspendido.ARCHIVO

CPCCS: Se intentó utilizar a la justicia para 'manosear' el concurso del CNE

La Corte de Justicia del Guayas revocó la sentencia que reiniciaba el concurso. Se señaló un intento de querer utilizar a la justicia

La Corte de Justicia del Guayas revocó la acción de protección que regresaba al concurso  de renovación del Consejo Nacional Electoral (CNE) a la etapa de convocatoria. El Tribunal que conoció la apelación señaló que hubo un intento de querer utilizar la justicia.

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En agosto de 2023, un juez de Samborondón concedió la acción de protección con medida cautelar presentada por Iván Heredia. El accionante alegó que se habría violado su derecho a la seguridad jurídica y a la no discriminación por el cambio de reglamentos en el proceso.

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Sin embargo, el Tribunal de lo Civil y Mercantil de la Corte de Justicia del Guayas observó irregularidades en la acción de protección concedida por el magistrado de Samborondón. Incluso señaló una "interesante" coincidencia entre Heredia y el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) del expresidente Alembert Vera.

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En su dictamen, el Tribunal resalta que el CPCCS "otorga plenamente la razón al accionante" en la audiencia de la acción de protección sustanciada por el juez de Samborondón. Incluso argumentado la violación de los derechos alegada por Iván Heredia.

SospechasEl Tribunal señala en su dictamen que en la acción de protección no hubo oposición alguna de la administración de Alembert Vera.
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Este escenario, además de la observación de que la acción de protección se presentó un año y cuatro meses después del cambio de reglamento, hace cuestionarse al Tribunal si esta "ha sido para proteger derechos constitucionales de un ciudadano o si se ha intentado utilizar a la Función Judicial como mecanismo para convalidar cambios en un reglamento para la elección de vocales del Consejo Nacional Electoral (CNE)".

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La sospecha del Tribunal, según consta en su sentencia, se fundamenta en que, en principio, las acciones de protección son para proteger a grupos específicos de ciudadanos contra la vulneración de derechos. Sin embargo, en el recurso de Heredia, se argumentan aspectos que son de afectación general y, en lugar de buscar regresar al reglamento inicial, pretende que se redacte uno nuevo para el concurso.

"En definitiva, no solamente que no existe vulneración a la seguridad jurídica del accionante, sino que esta acción no corresponde ser conocida mediante una acción de protección, sino mediante una acción de constitucionalidad (...)", sostiene el dictamen del Tribunal.

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