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La táctica de destituir a 70 legisladores busca piso legal

El ruido de remoción baja de tono aunque se considera que el Legislativo cayó en desacato González fue denunciado, entre otros delitos, por usurpación

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Asamblea. Todos los legisladores correístas, junto con los socialcristianos y una parte de Pachakutik fueron los que posesionaron a Raúl González.René Fraga / EXPRESO

La Constitución de la República sirve para culpar y para excusar. Los que están en contra de la destitución de los 70 asambleístas que posesionaron a Raúl González como superintendente de Bancos citan el artículo 127. Allí se enumeran las siete causas por las que un legislador puede perder su cargo y “ninguna es por desacatar una decisión judicial”, dice Stalin Raza, abogado constitucionalista.

Los que están a favor de su remoción invocan el artículo 86.4 sobre el desacato. El texto señala que en los casos de garantías jurisdiccionales, “si la sentencia o resolución no se cumple por parte de los servidores, el juez ordenará su destitución del cargo o empleo, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar”.

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Dentro de la Asamblea Nacional, los legisladores que posesionaron a González, pese a que la jueza Larissa Ibarra dictó una acción de protección que lo dejó sin nombramiento, están seguros de no haber cometido ningún delito. “La Asamblea no era parte procesal de la acción de protección; el fallo no está en firme porque ha sido apelada”, dijo Esteban Torres, del Partido Social Cristiano. “Hay confusión en Carondelet, algunos tienen sueños húmedos de que pueden destituir a los 70 asambleístas”, agregó.

Según Torres en el caso de que se impulse la destitución, la vía para hacerlo es la Corte Constitucional y el mecanismo jurídico sería presentar una acción de incumplimiento, “algo que tarda bastante”.

Para el abogado constitucionalista, André Benavides, los legisladores han caído en desacato aunque no hayan sido parte procesal de la acción de protección. “La resolución con la que se nombra a González queda sin efecto y, ¿qué hace la Asamblea? (Posesionar a González) Un acto violatorio de derechos lo ejecuta, se van en contra de una sentencia”.

Otro de los argumentos que esgrimen los legisladores que respaldan a González es que el artículo sobre desacato se refiere a funcionarios públicos y ellos son de elección popular.

El constitucionalista Raza señala que para enviar a la casa a los legisladores solo es posible si aceptan dinero que no corresponde a su función, si firman contratos con el Estado, si integran directorios de empresas públicas, si desempeñan otra actividad o si gestionan nombramientos de cargos públicos.

La asambleísta de Pachakutik, de “los rebeldes”, Mireya Pazmiño dice que la Asamblea solo siguió el debido proceso y que posesionó a González porque el Consejo de Participación Ciudadana informó de su designación. “Nosotros no estamos yendo encima de la Constitución, ya lo designaron, la Asamblea Nacional tiene que posesionar”, dijo. Su criterio es que el Gobierno no tiene ninguna base para destituirla.

Desde el Gobierno la destitución de los legisladores es una “decisión que aún no la tomamos”, dijo Francisco Jiménez, ministro del Gobierno, por la mañana. Pero en la tarde, poco antes de salir de viaje a EE.UU., el presidente Guillermo Lasso descartó ir por la destitución de los legisladores, pese a que reconocieron que hubo desacato. “La supuesta designación del superintendente ha sido atentatoria a lo que dice el texto constitucional y contra resolución expresa de autoridad legítima y por lo tanto sabemos que hay causales”, declaró Jiménez.

Pero contra González sí se activó una acción legal. El Gobierno lo denunció por presunto incumplimiento de decisión legítima de autoridad, usurpación de función y peculado.

Este, por su parte, anunció que también denunciará al Gobierno.

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