La supremacia de la Constitucion

La Constitución de Montecristi (2008) permitió la concentración de poderes. Esta ‘nueva hermenéutica jurídica’ es matriz del caudillismo del socialismo del siglo XXI.

Para Canclini, llamar ‘perfectibles’ garantías legales es ‘populismo jurídico’ (¿firmaría un contrato ‘enmendable’ unilateralmente?). El neoconstitucionalismo anula la supremacía de la carta magna. Con la trampa de ‘potenciar derechos’, cualquier ley menor deroga el marco legal y anula defensas civiles (’sida jurídico’).

Como alerta Ferrajoli, “El régimen neoconstitucional es desconstitución de facto”.

Paul Tapia Goya