Rol de la Contraloria General

Cuando pareciera que sus actuales autoridades han decidido reasumir el cumplimiento de los mandatos constitucionales asignados a la Contraloría General del Estado, resulta conveniente recordarlos para ponerlos en la conciencia de la nación, buscando con ello que no vuelva a darse el gran asalto al patrimonio público del que el país ha sido víctima.

Así, establece el artículo 211 de la Constitución de la República que: “La Contraloría General del Estado es un organismo técnico encargado del control de la utilización de los recursos estatales, y la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos”.

Cuando ocurren diversos actos de corrupción en las distintas formas de contratación pública, queda claro que la Contraloría ha dejado de cumplir su rol y no se avanza en lo determinado en el artículo 212 de la Carta Magna: “2. Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal, relacionadas con los aspectos y gestiones sujetas a su control, sin perjuicio de las funciones que en esta materia son propias de la Fiscalía General del Estado”.

Aplicando los artículos mencionados es que el actual contralor ha solicitado y logrado la destitución de funcionarios que, a su tiempo, incumplieron normas y procedimientos a los que estaban obligados o hicieron uso abusivo de los fondos públicos, aunque hayan estado trabajando en instituciones privadas que los recibían.

Luego de un periodo nefasto en el cumplimiento de su trascendente misión, es grato y además de justicia, reseñar que la Contraloría ha retomado sus funciones y trata de superar el retraso que mantiene rezagadas sus acciones de control, en múltiples situaciones que por denuncias ciudadanas o de los medios de comunicación colectiva, se saben negativas al interés nacional. Una trascendente, la comercialización del crudo, para solo poner un ejemplo, resulta paradigmática, y cuando se van a reiniciar negociaciones con países respecto de los cuales se manifiestan inconformidades en cuanto a los beneficios obtenidos por el Ecuador, conviene que la Contraloría vigile el tenor de las mismas e impulse la revisión de los contratos antes suscritos.

Bien se sabe: no hay democracia sin control.