
Un respiro para las fundaciones
Casi un mes después de que se derogara el decreto 16, las organizaciones sociales analizan a fondo el nuevo texto. Dicen que es flexible, pero hay cautela.
Durante casi cuatro años, el decreto 16 y luego el 739 pusieron en aprietos a las fundaciones, que se sentían asfixiadas por los trámites administrativos que debían seguir para garantizar su funcionamiento (en ese lapso dos cerraron y otras diez iban en ese camino). El 23 de octubre pasado, la noticia de que estas normativas fueron derogadas las tranquilizó, pero no fue hasta ayer en que pudieron conocer a profundidad el decreto 193 que reemplaza a los documentos abolidos.
Las voluntarias dicen que la nueva norma es más flexible. Ya no están obligadas a emitir informes (salvo cuando el caso lo requiera), ni a contar con un fiscal y, además, el control ya no tiene carácter intimidatorio, como calificaban al anterior. No están en desacuerdo con rendir cuentas, pero dicen que las tranquiliza el hecho de que los trámites se simplifiquen.
En estas instituciones, que ayer se reunieron en el auditorio de la Asociación Coordinadora de Voluntariado del Guayas (Acorvol) para revisar la norma, se siente un respiro, pero no cantan victoria, pues hay que esperar, al menos hasta fines de enero o inicios de febrero, para saber si no aparece alguna piedra en el camino.
El nuevo documento establece un plazo de 90 días contados a partir de la publicación del decreto (23 de octubre) para que las instituciones del Estado que tengan competencia para otorgar personería jurídica, carguen la información correspondiente en la plataforma del Sistema Unificado de Información de Organizaciones.
Después de eso se sabrá qué normativas vendrán a nutrir este documento y qué tan factibles de cumplir serán.
Luego de esos tres meses, las fundaciones deben acudir al ministerio correspondiente para confirmar que estén registradas. Si no lo hacen, podrían tener un problema posterior, pues si constan regidos por otra secretaría de Estado eso implicaría un problema para la legalización de documentos.
Esa fue una de las sugerencias de la reunión en Acorvol, que agrupa a 63 fundaciones. Alina Jiménez, economista con experiencia en asesoría integral, detalló los artículos a los asistentes. Lo primero que hizo fue resaltar el arranque de este documento de 31 artículos. Allí se indica que el reglamento tiene por objeto “regular, simplificar y racionalizar los requisitos para el otorgamiento de personalidad jurídica a las organizaciones sociales ciudadanas que voluntariamente lo soliciten por parte de las instituciones competentes del Estado”.
Dijo que las fundaciones que reformaron sus estatutos basados en el decreto 16 no tendrían problemas, pues cumplen hasta de más con los requisitos pedidos ahora. Pero les sugiere que lean bien el decreto para confirmar que sus estatutos no puedan llevarlos luego a una causal de disolución por algún artículo que no estén en capacidad de cumplir.
Luego de revisar el documento, las voluntarias se sintieron tranquilas, pero en tres meses sabrán si esa sensación es permanente o solo pasajera.
Avances
Flexibilidad
El documento simplifica y racionaliza el tema administrativo y de registro. Este ayuda sobre todo a las instituciones más pequeñas.
Control
Se habla de control, pero como un proceso normal y no como una amenaza de que la institución podría estar en riesgo de cerrar.
Documentos
Se eliminan algunos artículos en los que se habla de rendición de cuentas e informes. Son menos documentos a presentar.
En espera
Plataforma
No se sabe si la plataforma del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones va a requerir más información a las fundaciones.
Certificación
Se indica que el ministerio va a ser el ente que certifique la personería jurídica, pero no se conoce si es anual y cuáles serán los requisitos.
Atención
Piden que se socialice este documento con otros entes reguladores y que se defina una atención diferenciada, como organización social.
Las voces
La ventaja es que hubo conversaciones antes de que se emitiera este decreto y esperamos que estas se mantengan para atender las necesidades de las instituciones.
Este decreto ha sido un gran avance comparado con los decretos 16 y 739, que nos tenían preocupados. Pero aún se debe ver qué vendrá luego. Hay que leer la letra chiquita.
Este decreto es más flexible. Nosotros tenemos todo en regla, pero vamos a leer bien el documento para decidir si es necesario que reformemos los estatutos de la fundación.
Estamos más tranquilos porque con este documento los requisitos que debemos cumplir son más sencillos y no ponen en riesgo el futuro de muchas instituciones.
Este decreto da tranquilidad y hace sentir a las instituciones que están pisando un terreno que es más viable para su accionar. Vemos que cumplir los requisitos es factible.